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1976   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2008 - tOmO iii
                  una primera etapa, a las entidades del Gobierno   - Concurso público, si el valor referencial es igual
                  Nacional y los gobiernos regionales; en este ca-  o superior a sesenta (60) UIT.
                  so considera criterios de impacto definidos por
                  su alcance territorial, cobertura de población y   - Adjudicación directa, si el valor referencial es
                  monto de ejecución.                         inferior a sesenta (60) UIT.

                  13.2 Las entidades comprendidas en el párrafo   La contratación de auditorías externas se realiza
                  13.1 deben remitir de manera oportuna la infor-  de conformidad con las normas que rigen el Sis-
                  mación que requiera el Ministerio de Economía   tema Nacional de Control.
                  y Finanzas, conforme a los requerimientos que
                  para tal efecto se realicen.                14.2 La aplicación del presente artículo se reali-
                                                              za en concordancia con el Decreto Legislativo N.°
                  Artículo 14.°.— Montos para la determina-   1017, Ley de contrataciones del Estado y su Re-
                  ción de los Procesos de Selección           glamento, y demás normas modificatorias y com-
                                                              plementarias.
                  14.1 La determinación de los Procesos de Selec-
                  ción para efectuar las licitaciones públicas, con-  14.3 El Fondo Nacional de Financiamiento de la
                  cursos públicos y adjudicaciones directas en todas   Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) aprue-
                  las entidades del Sector Público comprendidas en   ba, mediante acuerdo de Directorio, los montos
                  el artículo 3.° del Decreto Legislativo N.° 1017,   sobre los cuales regirán los Procesos de Selección
                  Ley de contrataciones del Estado, se sujetan a los   aplicables a las empresas bajo su ámbito en el Año
                  montos siguientes:                          Fiscal 2009, regulados por las normas de contra-
                                                              taciones y adquisiciones del Estado. El mismo
                  a) Contratación de obras, de acuerdo a:     mecanismo de aprobación de montos es también
                                                              aplicable al Banco Central de Reserva del Perú;
                  - Licitación pública, si el valor referencial es igual   a la Superintendencia de Banca, Seguros y Admi-
                  o superior a trescientos cuarenta (340) Unidades   nistradoras Privadas de Fondos de Pensiones; al
                  Impositivas Tributarias (UIT).              Seguro Social de Salud (EsSalud); y a Petróleos
                                                              del Perú (PETROPERÚ S.A.), los que los aprue-
                  - Adjudicación directa, si el valor referencial es   ban según sus normas.
                  inferior a trescientos cuarenta (340) UIT.
                                                              Dichos montos deben publicarse en un plazo que
                  Cuando el monto del valor referencial de una   no exceda el 31 de diciembre de 2008 en el Diario
                  obra pública sea igual o mayor a mil ciento no-  Oficial El Peruano.
                  venta y dos (1,192) UIT, el organismo ejecutor
                  debe contratar, obligatoriamente, la supervisión   14.4 Las garantías que acepten las entidades con-
                  y control de obras.                         forme al artículo 39.° del Decreto Legislativo N.°

                  b) Adquisición de bienes y de suministros, de   1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
                                                              contrataciones del Estado, solo podrán ser efec-
                  acuerdo a:                                  tuadas por empresas bancarias bajo el ámbito de
                  - Licitación pública, si el valor referencial es igual   la Superintendencia de Banca, Seguros y Admi-
                                                              nistradoras Privadas de Fondos de Pensiones o
                  o superior a ciento cuatro (104) UIT.       estar consideradas en la lista actualizada de ban-
                  - Adjudicación directa, si el valor referencial es   cos extranjeros de primera categoría que perió-
                  inferior a ciento cuatro (104) UIT.         dicamente publica el Banco Central de Reser-
                                                              va del Perú.
                  Asimismo, lo dispuesto en el presente literal se   Artículo 15.°.— Del control del gasto
                  aplica a los contratos de arrendamiento finan-
                  ciero.
                                                              15.1 La Contraloría General de la República, a
                  c) Contratación de servicios y de consultoría, ta-  través de las Oficinas de Control Interno, verifi-
                  les como prestaciones de empresas de servicios,   ca el cumplimiento de lo dispuesto en la presen-
                  compañías de seguros, contratos de arrenda-  te Ley y las demás disposiciones vinculadas al
                  miento no financieros y del personal contratado   gasto público.
                  directamente por locación de servicios, así como
                  investigaciones, proyectos, estudios, diseños, su-  15.2 Los titulares de Pliego, el Jefe de la Oficina
                  pervisiones, inspecciones, gerencias, gestiones,   de Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Admi-
                  auditorías, asesorías y peritajes, de acuerdo a:  nistración, o los que hagan sus veces en el Plie-


                   Diario de los Debates - 21.   C sesión (matinaL) 28-11-2008
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