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Primera LegisLatura Ordinaria de 2008 - tOmO iii - Diario de los Debates 1961
las importaciones que recaude y/o administre b) Para el caso del Fedadoi y de los recursos pro-
la Sunat, cuya recaudación sea ingreso del Te- venientes de concesiones, mediante decreto su-
soro Público. premo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas y, el Ministro del Sector respectivo,
b) El uno coma seis por ciento (1,6%) de todos en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordi-
los tributos que recaude y/o administre la Sunat, narios, a propuesta del Titular del Pliego. En el
excepto los aranceles y el Impuesto a las Tran- caso del Fedadoi, la propuesta es realizada por el
sacciones Financieras, con cargo a resultados y Ministerio de Justicia.
ampliación de base impositiva fijados por el Mi-
nisterio de Economía y Finanzas. Cuarta.— La Reserva de Contingencia inclu-
ye hasta la suma de CINCUENTA MILLONES
c) Ingresos generados por los servicios que pres- Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a
ta y las publicaciones que realice. favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (In-
deci), para destinarla a realizar acciones durante
d) Los legados, donaciones, transferencias y otros el Año Fiscal 2009, a efectos de brindar una res-
provenientes de cooperación internacional pre- puesta oportuna ante desastres de gran magni-
viamente aceptados. tud, que permita mitigar los efectos dañinos por
el inminente impacto de un fenómeno natural
e) El diez por ciento (10%) del producto de los re- o antrópico, declarado por el organismo público
mates que realice. técnico-científico competente, así como rehabili-
tar la infraestructura pública. Además, en caso
f) El cero coma dos por ciento (0,2%) de lo que de ser necesario mitigar los efectos dañinos a la
se recaude respecto a los tributos cuya adminis- actividad agropecuaria altoandina, se considera-
tración se le encargue y que no constituyen ren- rá una respuesta oportuna la provisión de forra-
tas del Tesoro Público. je, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas
para animales. En el marco de la presente dispo-
g) Otros aportes de carácter público o privado. sición, para el uso de dichos recursos se debe te-
ner en cuenta lo siguiente:
h) La renta generada por los depósitos de sus in-
gresos propios en el sistema financiero. a) No financian gastos por concepto de capacita-
ción, asistencia técnica, seguimiento y control,
La Sunat deposita en la Cuenta Principal del adquisición de vehículos, maquinarias y equipos,
Tesoro Público, dentro de los quince (15) días remuneraciones o retribuciones, salvo, en este úl-
siguientes de vencido el año fiscal, la diferen- timo caso, cuando se trate de consultorías espe-
cia entre sus ingresos anuales y los gastos de- cializadas vinculadas directamente con la aten-
vengados en el mismo período, bajo responsa- ción del desastre.
bilidad.
b) El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci)
Tercera.— Los recursos que provengan del Fon- es responsable por el adecuado uso de los recur-
do de Inversiones para el Desarrollo de Áncash sos provenientes de la Reserva de Contingencia
(Fida), del Fondo Especial de Administración del a que se refiere la presente disposición.
Dinero Obtenido Ilícitamente (Fedadoi), y de los
procesos de concesiones que se orienten a finan- c) El Ministerio de Economía y Finanzas, a tra-
ciar obligaciones previstas en los contratos de vés de su Dirección General de Programación
concesión o gastos imputables, directa o indirec- Multianual del Sector Público, dicta los criterios
tamente a la ejecución de los mismos, se incorpo- y procedimientos para sustentar la necesidad del
ran en los presupuestos institucionales respecti- uso de los recursos a que se refiere la presente
vos, conforme a lo siguiente: disposición.
a) Para el caso del Fida, mediante decreto supre- Asimismo, exceptúase de la declaración de via-
mo refrendado por el Ministro de Economía y Fi- bilidad y autorízase al Ministerio de Economía
nanzas, y el Ministro del Sector encargado, y a y Finanzas a aplicar un procedimiento simpli-
propuesta de la Presidencia del Consejo de Mi- ficado para determinar la elegibilidad, como re-
nistros, en la Fuente de Financiamiento Recur- quisito previo a la ejecución de los proyectos de
sos Ordinarios de los presupuestos instituciona- inversión pública que apruebe la Comisión Mul-
les de las entidades encargadas de ejecutar los tisectorial de Prevención y Atención de Desas-
proyectos y obras priorizados por el Consejo Di- tres, creada por el Decreto Supremo N.° 081-
rectivo del Fida. 2002-PCM, publicado el 17 de agosto de 2002, a
21. C sesión (matinaL) 28-11-2008 - Diario de los Debates
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