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tes al Programa del Vaso de Leche, se incorporan  Para efectos de lo dispuesto en la presente dispo-
                  al Presupuesto Municipal, previamente a su eje-  sición, entiéndase por utilidad a la diferencia entre
                  cución, y se destinan a la adquisición de insumos  los ingresos generados por la venta de bienes y
                  y/o gastos de operación del citado programa.  servicios producidos por los precitados Centros y
                                                              el conjunto de sus gastos generados en dicha pro-
                  La Contraloría General de la República supervi-  ducción, en los que se incluyen las cargas imposi-
                  sa y controla el gasto del Programa del Vaso de  tivas que resulten aplicables. Dicha utilidad se
                  Leche a nivel Provincial y Distrital, debiendo las  determina y utiliza al término del ejercicio pre-
                  Municipalidades respectivas rendir cuenta del  supuestario, de conformidad con la legislación
                  gasto efectuado y del origen de los alimentos ad-  presupuestaria y financiera vigente, bajo respon-
                  quiridos, bajo responsabilidad, al Órgano Rector  sabilidad del Titular del Pliego.
                  del Sistema Nacional de Control, en el modo y
                  oportunidad que se establezca en la Directiva  Quinta.— El cumplimiento de las disposiciones
                  pertinente que emitirá el citado órgano.    de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las fun-
                                                              ciones del Ministerio Público, de las funciones
                  Tercera.— Los Programas de Apoyo Alimentario  de la Defensoría del Pueblo, así como los gastos
                  y de Compensación Social, a que hace referencia  que demande la implementación del Código Pro-
                  el Decreto Legislativo N.° 841: Fondo Nacional  cesal Penal, se financian con las asignaciones
                  de Compensación y Desarrollo Social (FONCO-  presupuestarias aprobadas para el Año Fiscal 2000.
                  DES), Programa Nacional de Asistencia Alimenta-
                  ria (PRONAA) y otros que contemplen la entre-  Los gastos adicionales no previstos en la presen-
                  ga de productos alimenticios, solamente adquie-  te Ley se atenderán en forma progresiva cuando
                  ren alimentos de origen nacional, con excepción  se fije su forma de financiamiento, en armonía a
                  de enriquecidos lácteos los que deberán tener un  lo dispuesto por las Normas I y II del Título Pre-
                  mínimo de 75% de insumos nacionales; para lo  liminar de la Ley de Gestión Presupuestaria del
                  cual están facultados a suscribir contratos y/o  Estado.
                  convenios a futuro conjuntamente con el Minis-
                  terio de Agricultura, directamente con pequeños  Sexta.— La presente Ley considera en el Presu-
                  productores agrarios individuales u organizados  puesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero
                  y pequeñas empresas agroindustriales.       y del Instituto del Mar del Perú recursos de has-
                                                              ta por S/. 3 665 000 y S/. 2 999 000 respectiva-
                  Asimismo, los Programas de Apoyo Alimentario  mente, para los efectos a que se contrae el artí-
                  y de Compensación Social priorizarán las adqui-  culo 17.° del Decreto Ley N.° 25977 y el artículo
                  siciones de recursos y/o productos hidrobiológicos,  40.° del Decreto Supremo N.° 01-94-PE —Regla-
                  para lo cual podrán efectuar dichas adquisicio-  mento de la Ley de Pesca—, publicado el 15 de
                  nes directamente a través del Instituto Tecnoló-  enero de 1994; los mismos que provienen del pago
                  gico Pesquero del Perú – ITP perteneciente al  de derechos por concesiones, autorizaciones, per-
                  Sector Pesquería.                           misos y licencias al Ministerio de Pesquería, dis-
                                                              puesto por el artículo 45.° del Decreto Ley N.°
                  Las programaciones del gasto que impliquen los  25977.
                  actos que realicen los Programas de Apoyo
                  Alimentario y de Compensación Social, deben suje-  Sétima.— Cuando de la utilización de los ‘Re-
                  tarse hasta el límite de la asignación presupuestal  cursos Ordinarios’, se presenten ingresos por
                  para la adquisición de alimentos autorizado para  indemnización de seguros, ejecución de garantías
                  cada Año Fiscal.                            a proveedores, contratistas y similares, multas y
                                                              venta de bases para la realización de los Proce-
                  Cuarta.— Las Entidades del Sector Público po-  sos de Selección a que se contrae la Ley N.° 26850
                  drán contratar con las Universidades Públicas e  —Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-
                  Institutos Públicos de Investigación la elaboración,  tado—, los mismos se registran en la citada Fuente
                  evaluación y supervisión de proyectos, así como la  de Financiamiento y se depositan en la Cuenta
                  prestación de servicios compatibles con su finali-  Principal del Tesoro Público.
                  dad, sin el requisito de Concurso Público.
                                                              La precitada disposición no es de alcance para
                  Las utilidades que se generen como consecuen-  los Gobiernos Locales.
                  cia de la gestión de los Centros de Producción y
                  similares de las citadas entidades universitarias,  Octava.— Los Convenios de Asistencia Técnica
                  podrán ser utilizadas discrecionalmente en el  Internacional que celebren los Pliegos Presupues-
                  cumplimiento de las metas presupuestarias que  tarios, se aprueban mediante Decreto Supremo,
                  programe el Pliego para cada ejercicio presupues-  refrendado por el Ministro de Economía y Finan-
                  tario.                                      zas.



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