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El Ministerio de Economía y Finanzas, a través Los Calendarios de Compromisos son modifica-
de la Dirección Nacional del Presupuesto Públi- dos, durante el ejercicio presupuestario, de acuerdo
co, comunica a los Pliegos Presupuestarios el a la disponibilidad de los Recursos Públicos.
monto de la Asignación Trimestral de Gastos, a
fin que efectúen la correspondiente programa- Artículo 34.°. El Compromiso
ción mensual de los gastos a realizar durante el
trimestre respectivo teniendo en cuenta la Esca- El Compromiso es un acto emanado de autori-
la de Prioridades establecida por el Titular del dad competente, que afecta total o parcialmente
Pliego. las Asignaciones Presupuestarias, previo al pago
de obligaciones contraídas de acuerdo a Ley, Con-
La Asignación Trimestral de Gastos no contem- trato o Convenio, dentro del marco establecido
pla el pago del Servicio de la Deuda ni la suscrip- por las Leyes Anuales de Presupuesto, las Direc-
ción de Acciones. tivas del Proceso Presupuestario y la presente
Ley.
Artículo 31.°. Programación Trimestral del
Gasto El compromiso no debe exceder los niveles apro-
bados en la Asignación Trimestral de Gastos ni
La Programación Trimestral del Gasto se reali- de los Calendarios de Compromisos aprobados al
za en función al monto contemplado en la Asig- Pliego Presupuestario. Se prohíbe la realización
nación Trimestral de Gastos y a la estimación de de Compromisos si no se cuenta con la respecti-
los ingresos que por Fuentes de Financiamiento va asignación presupuestaria aprobada.
distintas a la de Recursos Ordinarios determine
el Pliego para cada trimestre, dentro del marco El Compromiso debe afectarse preventivamente
del Presupuesto Institucional. a la correspondiente Específica del Gasto, re-
duciendo su importe del saldo disponible de la
La Dirección Nacional del Presupuesto Público asignación presupuestaria, a través del respecti-
establece los plazos y el procedimiento de remi- vo documento oficial.
sión de la Programación Trimestral de Gastos,
propuesta por los Pliegos Presupuestarios. Artículo 35.°. El Devengado
Artículo 32.°. Calendario de Compromi- El Devengado es la obligación de pago que asu-
sos
me un Pliego Presupuestario como consecuencia
del respectivo Compromiso contraído. Compren-
Publicada la Ley Anual de Presupuesto, la Di-
rección Nacional del Presupuesto Público aprueba de la liquidación, la identificación del acreedor y
la determinación del monto, a través del respec-
los Calendarios de Compromisos, conforme a la tivo documento oficial.
Directiva correspondiente, teniendo en cuenta la
Asignación Trimestral de Gastos y la Programa-
ción Trimestral del Gasto informada por los Pliegos En el caso de bienes y servicios, se configura, a
Presupuestarios, a que se refiere el artículo pre- partir de la verificación de conformidad del bien
cedente. recepcionado, del servicio prestado o por haber-
se cumplido con los requisitos administrativos y
El Calendario de Compromisos se sujeta a la dis- legales para los casos de gastos sin contrapres-
ponibilidad de los Recursos Públicos y constitu- tación inmediata o directa.
ye la autorización máxima para la ejecución de
egresos. Su ejecución responde a la Escala de El Devengado debe afectarse, en forma definiti-
Prioridades del Pliego y a los ajustes que respec- va, con cargo a la correspondiente Específica del
to de la misma establezca el Titular del Pliego. Gasto.
La aprobación de los Calendarios de Compromi- Artículo 36.°. El Pago
sos, por toda Fuente de Financiamiento, no
convalida los actos o acciones que no se ciñan a 36.1 El Pago constituye la etapa final de la ejecu-
la normatividad vigente correspondiendo a las ción del gasto, en el cual el monto devengado se
instancias pertinentes de los respectivos Pliegos cancela total o parcialmente, debiendo formali-
Presupuestarios garantizar la legalidad y obser- zarse a través del documento oficial correspon-
vancia de las formalidades aplicables a cada caso. diente.
Artículo 33.°. Modificaciones de los Calen- 36.2 Se prohíbe efectuar pago de obligaciones no
darios de Compromisos devengadas.
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