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Para los efectos a que se contrae el párrafo pre- rio Público, Jurado Nacional de Elecciones, Ofi-
cedente precísase que el jefe de la Oficina de Pre- cina Nacional de Procesos Electorales, Registro
supuesto o el que haga sus veces y su inmediato Nacional de Identificación y Estado Civil, Conse-
superior jerárquico son responsables solidarios, jo Nacional de la Magistratura, Defensoría del
respecto a las tareas a desarrollar durante las Fases Pueblo, Contraloría General de la República y
de Programación y Formulación Presupuestal. Tribunal Constitucional.
3. Es competencia y responsabilidad de la Direc- 22.3 Se consideran Instancias Descentralizadas
ción Nacional del Presupuesto Público emitir las a los Pliegos Presupuestarios correspondientes
Directivas e Instructivos pertinentes así como a los niveles de Gobierno Regional y Local, las
evaluar las propuestas de los Pliegos Presupues- Instituciones Públicas Descentralizadas, los Or-
tarios y elaborar el Anteproyecto de la Ley de ganismos Descentralizados Autónomos y demás
Presupuesto Anual. Entidades del Sector Público que cuenten con una
asignación presupuestaria en la Ley Anual de
Artículo 21.°. Programación, Formulación Presupuesto.
y Aprobación del Presupuesto de los Gobier-
nos Locales y otras Entidades 22.4 En el nivel de Gobierno Local, cada Munici-
palidad Provincial y Distrital aprueba su respec-
Los Gobiernos Locales y sus Empresas, Progra- tivo Presupuesto Institucional, en concordancia
man y Formulan sus respectivos presupuestos de con lo prescrito en el artículo 191° de la Consti-
acuerdo a las orientaciones y directivas que emi- tución Política del Perú.
ta la Dirección Nacional del Presupuesto Públi-
co. Artículo 23.°. Estructura del Proyecto de
Ley Anual de Presupuesto
Las Empresas que conforman la Actividad Em-
presarial del Estado programan, formulan y aprue- El Proyecto de Ley Anual del Presupuesto que el
ban sus respectivos presupuestos en base a las Poder Ejecutivo remite al Congreso de la Repú-
Directivas que emita el Ministerio de Economía blica para su discusión y aprobación, consta de lo
y Finanzas, a través de la dependencia corres- siguiente:
pondiente.
a) Exposición de Motivos, señalando los objeti-
En ambos casos, la aprobación de los Presupues- vos de política general establecidos por el Supre-
tos Institucionales se efectúa dentro de un plazo mo Gobierno, los supuestos macroeconómicos en
que vence el 31 de diciembre de cada Año Fiscal que se sustenta el Proyecto de Ley Anual de Pre-
anterior a su vigencia. supuesto, los Cuadros Resúmenes Explicativos
de los Ingresos y Gastos, la Distribución Institu-
Capítulo II cional del Egreso por Departamentos así como
los Cuadros que muestren la Clasificación Fun-
Aprobación cional Programática correspondiente a la propues-
ta de Ley Anual de Presupuesto.
Artículo 22.°. Anteproyecto de Ley Anual
de Presupuesto b) Parte Normativa, conteniendo las normas es-
pecíficas que regulan el proceso presupuestario
22.1 El Anteproyecto de la Ley Anual de Presu- anual del Sector Público; y,
puesto del Sector Público, es sometido a la apro-
bación del Consejo de Ministros y remitido por el c) Anexo de los Detalles Cuantitativos, mostran-
Presidente de la República al Poder Legislativo do los gastos a nivel de Pliego Presupuestario,
para su aprobación, de acuerdo al procedimiento Función, Programa, Actividad, Proyecto, Grupo
correspondiente, en los plazos establecidos por Genérico de Gasto y Fuentes de Financiamiento.
la Constitución Política del Perú.
Artículo 24.°. Publicación
22.2 Para los efectos de la aprobación de los in-
gresos y gastos del Presupuesto Anual del Sector La Ley Anual de Presupuesto se publica en el
Público, de acuerdo a lo establecido por el artícu- Diario Oficial El Peruano, antes del inicio del
lo 77.° de la Constitución Política del Perú, se respectivo Año Fiscal. El anexo de los Detalles
considera Gobierno Central a los Pliegos Presu- Cuantitativos de la Ley, es publicado en edición
puestarios representativos de los Poderes Legis- especial por la Dirección Nacional del Presupuesto
lativo, Ejecutivo y Judicial, así como al Ministe- Público.
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