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complementarios para el Programa del Vaso de Superintendencia Nacional de Administración
Leche. Tributaria.
Los Concejos Municipales Distritales y Provin- Superintendencia Nacional de Aduanas.
ciales darán cobertura a los beneficiarios del ci-
tado programa (niños de 0 a 6 años, madres Superintendencia de Administradoras Priva-
gestantes y en período de lactancia), priorizando das de Fondos de Pensiones.
entre ellos la atención a quienes presenten un
estado de desnutrición o se encuentren afecta- Superintendencia Nacional de Servicio de Sa-
dos por tuberculosis. Asimismo, en la medida en neamiento.
que se cumpla con la atención a la población an-
tes mencionada, se extenderá la atención a los Seguro Social de Salud -EsSalud.
niños de 7 a 13 años, ancianos y afectados por
tuberculosis. Organismo Supervisor de la Inversión Priva-
da en Telecomunicaciones.
A fin de asegurar que el número de beneficiarios
no se reduzca, se autoriza al Ministerio de Eco- Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-
nomía y Finanzas a realizar las transferencias gía
necesarias con cargo a la Reserva de Contingen-
cia. La autorización de los Calendarios de Com- Organismo Supervisor de la Inversión en In-
promiso y los giros de los recursos asignados al fraestructura de Transporte de Uso Público.
Programa del Vaso de Leche, a los Concejos
Distritales y Provinciales, se hará bajo el princi- Comisión Nacional Supervisora de Empresas
pio de equidad. y Valores.
El Ministerio de Economía y Finanzas establece- Comisión de Zonas Francas, Industriales y
rá mediante Resolución Ministerial los índices Turísticas.
de distribución del Programa del Vaso de Leche
para las municipalidades distritales que confor- Centros de Exportación, Transformación, In-
man la Provincia de Lima Metropolitana y la dustria, Comercialización y Servicios-CETICOS.
Provincia Constitucional del Callao, así como para
el resto de municipalidades distritales de la Re- Comisión de Tarifas de Energía.
pública.
Empresas Pertenecientes a los Consejos Tran-
Los intereses generados por depósitos en el sis- sitorios de Administración Regional.
tema financiero de los recursos correspondien- Fondos creados por dispositivo legal expreso
tes al Programa del Vaso de Leche, se incorporan
al Presupuesto Municipal, previamente a su eje- así como las Entidades que los administran, siem-
pre que estas no reciban transferencias de la
cución, y se destinan a la adquisición de insumos Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.
y/o gastos de operación del citado programa.
Las Entidades y Fondos comprendidos en la an-
La Contraloría General de la República supervi- tes citada relación, regirán su política remune-
sa y controla el gasto del Programa del Vaso de rativa durante el año fiscal 2000, por las disposi-
Leche a nivel Provincial y Distrital, debiendo las ciones que emita el Ministerio de Economía y
Municipalidades respectivas rendir cuenta del Finanzas mediante Decreto Supremo.
gasto efectuado y del origen de los alimentos ad-
quiridos, bajo responsabilidad, al Órgano Rector Las Entidades y Fondos del Sector Público que
del Sistema Nacional de Control, en el modo y se creen durante el Año Fiscal 2000, regulan, bajo
oportunidad que se establezca en la Directiva responsabilidad, sus procesos presupuestarios,
pertinente que emitirá el citado órgano. exclusivamente, de conformidad con las directi-
vas que apruebe la Dirección Nacional del Pre-
Novena Disposición Transitoria. supuesto Público, salvo disposición legal en con-
trario.
Sólo por excepción y únicamente por el Año Fis-
cal 2000, autorízase a las Entidades del Estado Décimo Cuarta Disposición Transitoria.
que se enumeran en la presente disposición a
sujetarse a las disposiciones que emita el Fondo El Procedimiento para la transferencia de los
Nacional de Financiamiento de la Actividad presupuestos de las Direcciones Regionales de
Empresarial del Estado (FONAFE), para dicho Salud y Educación a los respectivos Ministerios
año: será establecido mediante Decreto Supremo, al
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