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complementarios para el Programa del Vaso de  —Superintendencia Nacional de Administración
                  Leche.                                      Tributaria.
                  Los Concejos Municipales Distritales y Provin-  —Superintendencia Nacional de Aduanas.
                  ciales darán cobertura a los beneficiarios del ci-
                  tado programa (niños de 0 a 6 años, madres  —Superintendencia de Administradoras Priva-
                  gestantes y en período de lactancia), priorizando  das de Fondos de Pensiones.
                  entre ellos la atención a quienes presenten un
                  estado de desnutrición o se encuentren afecta-  —Superintendencia Nacional de Servicio de Sa-
                  dos por tuberculosis. Asimismo, en la medida en  neamiento.
                  que se cumpla con la atención a la población an-
                  tes mencionada, se extenderá la atención a los  —Seguro Social de Salud -EsSalud.
                  niños de 7 a 13 años, ancianos y afectados por
                  tuberculosis.                               —Organismo Supervisor de la Inversión Priva-
                                                              da en Telecomunicaciones.
                  A fin de asegurar que el número de beneficiarios
                  no se reduzca, se autoriza al Ministerio de Eco-  —Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-
                  nomía y Finanzas a realizar las transferencias  gía
                  necesarias con cargo a la Reserva de Contingen-
                  cia. La autorización de los Calendarios de Com-  —Organismo Supervisor de la Inversión en In-
                  promiso y los giros de los recursos asignados al  fraestructura de Transporte de Uso Público.
                  Programa del Vaso de Leche, a los Concejos
                  Distritales y Provinciales, se hará bajo el princi-  —Comisión Nacional Supervisora de Empresas
                  pio de equidad.                             y Valores.
                  El Ministerio de Economía y Finanzas establece-  —Comisión de Zonas Francas, Industriales y
                  rá mediante Resolución Ministerial los índices  Turísticas.
                  de distribución del Programa del Vaso de Leche
                  para las municipalidades distritales que confor-  —Centros de Exportación, Transformación, In-
                  man la Provincia de Lima Metropolitana y la  dustria, Comercialización y Servicios-CETICOS.
                  Provincia Constitucional del Callao, así como para
                  el resto de municipalidades distritales de la Re-  —Comisión de Tarifas de Energía.
                  pública.
                                                              —Empresas Pertenecientes a los Consejos Tran-
                  Los intereses generados por depósitos en el sis-  sitorios de Administración Regional.
                  tema financiero de los recursos correspondien-  —Fondos creados por dispositivo legal expreso
                  tes al Programa del Vaso de Leche, se incorporan
                  al Presupuesto Municipal, previamente a su eje-  así como las Entidades que los administran, siem-
                                                              pre que estas no reciban transferencias de la
                  cución, y se destinan a la adquisición de insumos  Fuente de Financiamiento ‘Recursos Ordinarios’.
                  y/o gastos de operación del citado programa.
                                                              Las Entidades y Fondos comprendidos en la an-
                  La Contraloría General de la República supervi-  tes citada relación, regirán su política remune-
                  sa y controla el gasto del Programa del Vaso de  rativa durante el año fiscal 2000, por las disposi-
                  Leche a nivel Provincial y Distrital, debiendo las  ciones que emita el Ministerio de Economía y
                  Municipalidades respectivas rendir cuenta del  Finanzas mediante Decreto Supremo.
                  gasto efectuado y del origen de los alimentos ad-
                  quiridos, bajo responsabilidad, al Órgano Rector  Las Entidades y Fondos del Sector Público que
                  del Sistema Nacional de Control, en el modo y  se creen durante el Año Fiscal 2000, regulan, bajo
                  oportunidad que se establezca en la Directiva  responsabilidad, sus procesos presupuestarios,
                  pertinente que emitirá el citado órgano.    exclusivamente, de conformidad con las directi-
                                                              vas que apruebe la Dirección Nacional del Pre-
                  Novena Disposición Transitoria.             supuesto Público, salvo disposición legal en con-
                                                              trario.
                  Sólo por excepción y únicamente por el Año Fis-
                  cal 2000, autorízase a las Entidades del Estado  Décimo Cuarta Disposición Transitoria.
                  que se enumeran en la presente disposición a
                  sujetarse a las disposiciones que emita el Fondo  El Procedimiento para la transferencia de los
                  Nacional de Financiamiento de la Actividad  presupuestos de las Direcciones Regionales de
                  Empresarial del Estado (FONAFE), para dicho  Salud y Educación a los respectivos Ministerios
                  año:                                        será establecido mediante Decreto Supremo, al



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