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Respecto a la pregunta sobre el canon minero, El Decreto Legislativo Nº 776 constituye un im-
que fue planteado también por varios congresis- portante esfuerzo a favor de la descentralización
tas: del país, el cual ha permitido que todas las mu-
nicipalidades del país, excepto Lima-Cercado, se
El canon minero equivalente al 20% del Impues- vean favorecidas con un incremento real del or-
to a la Renta pagado por los titulares de la activi- den del 121% en el total de recursos transferidos
dad minera de la circunscripción donde se en- por este concepto entre 1993 y 1997.
cuentran ubicados los derechos mineros en ex-
plotación. Los recursos de ese canon se vienen Cabe resaltar que las municipalidades de aque-
transfiriendo a las municipalidades provinciales llos departamentos con mayores niveles de po-
y distritales beneficiadas, de acuerdo a los índi- breza son las que más se han visto favorecidas
ces de distribución y número de cuotas mensua- con esta redistribución, como es el caso de las
les aprobados en los dispositivos legales corres- del departamento de Huancavelica, que entre
pondientes. 1993 y 1997 han percibido un incremento real
de este fondo de 249%; las de Puno, con 199%;
Para ello se ha dictado el Decreto Supremo Nº las de Cusco, con 187%; las de Apurímac, con
091-98-EF, aprobándose los índices de distribu- 182%; las de Huánuco, con 145%; y las de Ayacu-
ción del canon minero correspondiente a 1997, cho, con 130%, entre otras.
el cual se transferirá en doce cuotas a partir del
mes de agosto de este año. Entre los años 1993 y 1997, el total del Fondo de
Compensación Municipal registró un incremen-
La elaboración de dichos índices de distribución to real del 72%.
del año 1997 ha considerado la información pro-
porcionada por la SUNAT respecto al Impuesto Es importante mencionar que a partir de 1998,
a la Renta pagado por las empresas mineras y la por Ley Nº 26891, ninguna municipalidad perci-
información del Ministerio de Energía y Minas, be transferencias mensuales del Fondo de Com-
pensación Municipal menores a 4 UIT vigentes
así como la información en relación a la ubica-
ción y volúmenes de producción de los diferen- a la fecha de aprobación del presupuesto de cada
año, lo que para 1998 representa una asignación
tes yacimientos mineros de dichas empresas.
mensual mínima de 9 mil 600 nuevos soles y para
1999 ésta será de 10 mil 400 nuevos soles.
A la fecha, se ha transferido a favor de las muni-
cipalidades beneficiadas por el canon minero y Debemos ser conscientes, sin embargo, que no
de acuerdo al cronograma establecido, un total sólo se trata de aumentar las transferencias de
de 274 millones de nuevos soles correspondien- los gobiernos locales, sin hacer antes un trabajo
tes al canon minero de los ejercicios de 1992 a básico de fortalecimiento de dichas instituciones,
1997, quedando pendiente 95 millones por ese para que puedan asumir en forma eficiente y efec-
concepto correspondiente a los años 1995 y 1997, tiva las necesidades de gasto que estos aumen-
los cuales serán transferidos de acuerdo al tos en transferencias significan.
cronograma de cuotas establecidas para cada año.
Al respecto, permítame recordarles que otros
Respecto del Fondo de Compensación Municipal. países de la región iniciaron hace aproximada-
mente una década procesos acelerados de descen-
He escuchado a algunos congresistas referirse a tralización, transfiriendo sustanciales recursos,
que la transferencias a las municipalidades son así como responsabilidad de gasto a los gobier-
insuficientes. nos locales. Como cualquier solución fácil, estos
procesos mostraron en sus inicios un gran apo-
Al respecto, permítame recordarles que la trans- geo de los gobiernos locales, pero la debilidad
ferencias a éstas, mediante el Fondo de Compen- organizativa e incapacidad de gestión de éstos ha
sación Municipal creado por el Decreto Legisla- hecho que todos estos programas fracasen y hoy
tivo Nº 776, aumentaron en términos reales en estos países enfrentan cuantiosos déficits fisca-
121% entre 1993 y 1997. les, en gran medida como resultado de estas po-
líticas erradas.
El Fondo de Compensación Municipal está cons-
tituido principalmente por el Impuesto de Pro- Para nosotros, la cosa es muy clara: el aumento
moción Municipal y el Impuesto al Rodaje. Este de la capacidad de gasto de los gobiernos locales
fondo se distribuye a las 1 mil 812 municipalida- dependerá de su capacidad de gestión y, por tan-
des del país en base a algunos criterios, tales como to, es un proceso gradual.
la población provincial de cada jurisdicción, ni-
vel de pobreza y la tasa de mortalidad infantil, En relación a los resultados y logros de la lucha
entre otros. contra la pobreza.
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