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miento, en armonía a lo dispuesto por las Nor-  Cuarta.— El personal, cuyas remuneraciones
                  mas I y II del Título Preliminar de la Ley de  hubieran estado afectándose al presupuesto de un
                  Gestión Presupuestaria del Estado y los artícu-  Proyecto de Inversión en la Ley Nº 26553 —Ley
                  los 31º y 32º de la misma norma legal.      de Presupuesto para el Sector Público para 1996—
                                                              y que por efecto de la presente norma, se contem-
                  Segunda.— El Poder Ejecutivo continúa apo-  ple dentro de la asignación presupuestaria pre-
                  yando el proceso de reforma y modernización del  vista para una Actividad, mantendrá su condición
                  Sistema de Administración de Justicia, a que se  laboral de contratado, estando sujeta la renova-
                  refieren las Leyes Nºs. 26546 y 26623, y la  ción contractual, al requerimiento de sus servi-
                  Defensoría del Pueblo, para cuyo efecto, las de-  cios por parte del Titular del Pliego Presupuesta-
                  mandas de recursos adicionales que se produz-  rio.
                  can durante el año fiscal 1997 tienen primera
                  prioridad.                                  La modificación programática a que se refiere
                                                              el párrafo precedente, de ninguna manera im-
                  Asimismo, el Ministerio de Economía y Finan-  plica la alteración del Cuadro para Asignación
                  zas atenderá prioritariamente autorizaciones de  de Personal (CAP). Asimismo, las cargas socia-
                  endeudamiento externo e interno acordadas y  les del personal involucrado se cubren con car-
                  destinadas al Poder Judicial, Academia de la  go al presupuesto de la respectiva Actividad.
                  Magistratura y al Ministerio Público, en el Mar-
                  co del Proceso de Reforma, asignando preferen-  El Ministerio de Economía y Finanzas establece
                  temente los recursos que sean necesarios.   las normas complementarias que sean necesa-
                                                              rias para regular la aplicación de la presente
                  El Poder Judicial en coordinación con el Minis-  Disposición.
                  terio de Economía y Finanzas, incluirá en su es-
                  tructura programática el Subprograma Organi-  Quinta.— Facúltese al Instituto Nacional de
                  zación y Modernización Administrativa.      Defensa Civil (INDECI), a otorgar recursos ma-
                                                              teriales en calidad de donación o en reciproci-
                  Tercera.— El cronograma de las cuotas inter-  dad a países extranjeros que hayan sido afecta-
                  nacionales del Gobierno Peruano a los Organis-  dos por un desastre o calamidad, dentro de su
                  mos Internacionales de los cuales el Perú es país  asignación presupuestaria, previa coordinación
                  miembro, se aprueba por Resolución Suprema a  con el Ministerio de Relaciones Exteriores y au-
                  propuesta del Ministro de Relaciones Exterio-  torización de la Presidencia de la República.
                  res y se paga con cargo a las asignaciones pre-
                  vistas para el citado Ministerio.           Sexta.— Los Programas de Apoyo Alimentario
                                                              y de Compensación Social, a que hace referen-
                  La Superintendencia Nacional de Administra-  cia el Decreto Legislativo Nº 841, es decir Fondo
                  ción Tributaria (SUNAT) y Superintendencia  Nacional de Compensación Social (FONCODES),
                  Nacional de Aduanas (ADUANAS), efectúan con  Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -
                  cargo a los recursos directamente recaudados,  (PRONAA), Programa de Vaso de Leche, Pro-
                  el pago de las cuotas y contribuciones a los Or-  grama de Compensación Alimentaria para Gru-
                  ganismos Internacionales relacionados con las  pos de Mayor Riesgo (PACFO) y otros, que con-
                  actividades que éstos ejecutan y de los cuales el  templen la entrega de productos alimenticios,
                  Gobierno Peruano es miembro.                deberán priorizar la adquisición de alimentos de
                                                              origen nacional hasta el año 2,000 inclusive, para
                  Las Entidades del Sector Público que cuenten  lo cual están facultados a suscribir contratos y/o
                  con recursos distintos a los de la Fuente de Re-  convenios a futuro, conjuntamente con el Mi-
                                                              nisterio de Agricultura, directamente con los
                  cursos Ordinarios, podrán pagar, con cargo a di-  productores agrarios individuales, organizados
                  chos recursos, las cuotas del Gobierno Peruano  y empresas agroindustriales.
                  a los Organismos Internacionales de los cuales
                  el Perú es país miembro.                    Las programaciones de gasto que impliquen los
                                                              actos que realicen los Programas de Apoyo
                  El pago se efectúa con cargo a sus respectivos  Alimentario y de Compensación Social, hasta el
                  presupuestos autorizados, previa aprobación de  año 2,000 inclusive, para el cumplimiento del
                  la Resolución Suprema a propuesta del Ministe-  Decreto Legislativo Nº 841, deben sujetarse has-
                  rio de Relaciones Exteriores, para lo cual las  ta el límite de la asignación presupuestal para
                  Entidades del Sector Público citadas en los pá-  adquisición de alimentos, autorizada para cada
                  rrafos anteriores, comunican su propuesta al ci-  año fiscal.
                  tado Ministerio dentro de los treinta (30) días
                  de aprobada la presente Ley.                Prorrógase para el año fiscal 1997, la aplicación



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