Page 6 - Reglamento del Congreso
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En  los  documentos  oficiales,  el  Congreso  será
            denominado Congreso de la República.
            (Artículo  modificado  aprobado  por  el  Pleno  del  Congreso  de
            fecha 6 de marzo de 1998)
            (Artículo  modificado.  Resolución  Legislativa  del  Congreso
            1-2011-CR, publicada el 7 de agosto de 2011)
            Soberanía y autonomía
            Artículo 3. El Congreso es soberano en sus funciones.
            Tiene autonomía normativa, económica, administrativa
            y política.

            En las situaciones en que se haga imposible el normal
            funcionamiento del Congreso de la República, la Mesa
            Directiva propondrá que las funciones parlamentarias
            puedan realizarse a través de medios virtuales, digitales
            o de cualquier otro medio tecnológico que permita su
            ejercicio acorde a los requisitos y garantías del presente
            Reglamento del Congreso.
            (Artículo  modificado  aprobado  por  el  Pleno  del  Congreso  de
            fecha 6 de marzo de 1998)
            (Artículo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-
            2020-2021-CR, publicada el 28 de marzo de 2020)


            Función Legislativa
            Artículo 4. La función legislativa comprende el debate
            y la aprobación  de reformas de la Constitución,
            de leyes  y  resoluciones  legislativas, así  como su
            interpretación, modificación y derogación, de acuerdo
            con los procedimientos establecidos por la Constitución
            Política y el presente Reglamento.

              6  |  Edición Oficial del Congreso de la República
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