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1780   Diario de los Debates
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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III
                  entre el ingreso y el gasto, de acuerdo con las  cumplimiento de metas cuyo financiamiento se
                  estimaciones de recursos establecidos en el artí-  encuentra previsto en la Ley de Presupuesto del
                  culo 1.°.                                   Sector Público para el Año Fiscal 2008 y sus
                                                              modificatorias, por la Fuente de Financiamiento
                  b) La Ley de Presupuesto del Sector Público para  “Recursos Ordinarios”, el Poder Ejecutivo que-
                  el Año Fiscal 2008, comprende los créditos pre-  da autorizado para que, mediante decreto supre-
                  supuestarios máximos de gasto que sólo se pue-  mo refrendado por el Ministro de Economía y
                  den ejecutar si los ingresos que constituyen su  Finanzas, autorice el uso de los mencionados re-
                  financiamiento se perciben efectivamente.   cursos de endeudamiento en la citada Fuente de
                                                              Financiamiento, y dicte las disposiciones que
                  c) Las disposiciones que autorizan créditos pre-  permitan la adecuada administración de dichos
                  supuestarios en función a porcentajes de varia-  fondos.
                  bles macroeconómicas o patrones de referencia
                  se implementan progresivamente, de acuerdo a  4.2 Lo señalado en el párrafo 4.1 también es apli-
                  la real disponibilidad fiscal.              cable cuando los citados recursos estén destina-
                                                              dos a metas que tengan por Fuente de Finan-
                  d) En todo dispositivo legal que autorice gastos  ciamiento Recursos por Operaciones Oficiales de
                  no previstos en la Ley de Presupuesto del Sector  Crédito cuyos desembolsos no se hayan ejecuta-
                  Público para el Año Fiscal 2008, se debe especi-  do.
                  ficar la fuente de financiamiento, bajo sanción
                  de nulidad de los actos que se deriven de la apli-  4.3 Cuando de la evaluación periódica de los re-
                  cación de los dispositivos legales.         cursos previstos en la Fuente de Financiamiento
                                                              Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito,
                  e) Los proyectos de normas legales del Poder Eje-  contemplada en el artículo 1.°, resulta necesario
                  cutivo que generen gasto público deben contar,  realizar modificaciones presupuestarias en el ni-
                  como requisito para el inicio de su trámite, con  vel institucional, incluyendo, de ser el caso, las
                  una evaluación presupuestal que demuestre la  contrapartidas asociadas a las operaciones de en-
                  disponibilidad de saldos presupuestarios y un  deudamiento contratadas y no ejecutadas, se apli-
                  análisis de costo beneficio, en términos cuanti-  ca el procedimiento establecido en el párrafo 4.1.
                  tativos y cualitativos, que exprese el impacto de
                  su aplicación en la Ley de Presupuesto del Sec-  4.4 El mecanismo establecido en el párrafo 4.1 es
                  tor Público para el Año Fiscal 2008. Dicha eva-  también aplicable al financiamiento de Operacio-
                  luación presupuestaria y el análisis costo benefi-  nes de Administración de Deuda.
                  cio deben ser elaborados por el Pliego presupues-
                  tario respectivo.                           Artículo 5.°.— De la administración de re-
                                                              cursos a cargo de la Dirección Nacional del
                  f) Durante la ejecución del Presupuesto del Sec-  Tesoro Público – DNTP
                  tor Público para el Año Fiscal 2008, el Ministe-
                  rio de Economía y Finanzas, a través de la Direc-  5.1 Durante el Año Fiscal 2008 las emisiones men-
                  ción Nacional de Presupuesto Público, de acuer-  suales de Letras del Tesoro Público – LTP a que
                  do a la normatividad vigente, efectúa los ajustes  se contrae lo establecido en el Título III, Capítu-
                  presupuestales necesarios, a fin de mantener el  lo I de la Ley N.° 28693, Ley General del Sistema
                  equilibrio efectivo entre los recursos públicos y  Nacional de Tesorería, no pueden ser mayores a
                  los gastos públicos, en el marco de las reglas fis-  la suma de CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/
                  cales establecidas.                         100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00). El
                                                              saldo adeudado por la emisión de LTP, al cierre
                                 Capítulo III                 del Año Fiscal 2007, no es mayor de DOSCIEN-
                                                              TOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
                          Disposiciones Especiales            200 000 000,00).

                  Artículo 4.°.— Uso de recursos de Operacio-  5.2 Facúltase al Poder Ejecutivo para que, ante
                  nes de Endeudamiento destinados al cum-     desfases respecto de la oportunidad prevista para
                  plimiento de metas con financiamiento pre-  efectos de la percepción u obtención de los fon-
                  visto en la Ley de Presupuesto del Sector   dos programados en el Presupuesto de Caja del
                  Público para el Año Fiscal 2008             Gobierno Nacional, provenientes de Operaciones
                                                              de Endeudamiento mediante decreto supremo
                  4.1 Cuando los recursos provenientes de Opera-  refrendado por el Ministro de Economía y Finan-
                  ciones de Endeudamiento estén destinados al  zas, autorice, de manera transitoria y excepcio-


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                   Diario de los Debates - 9.   V SESIÓN (MATINAL) 27-11-2007
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