
Tiene como atribución principal promover la coordinación y los consensos necesarios en los asuntos administrativos, logísticos y de recursos humanos del Congreso de la República y de sus cámaras. Para tal fin, propone a cada cámara, para su aprobación correspondiente, el plan quinquenal de desarrollo institucional y el proyecto de presupuesto institucional, los que deben ser ratificados por el Pleno del Congreso.
La Comisión Directiva del Congreso se reúne, por lo menos, una vez al mes y, facultativamente, cuando lo solicite indistintamente la Mesa Directiva del Senado o de la Cámara de Diputados. Su mandato es por un periodo anual de sesiones.
Los acuerdos de la Comisión Directiva del Congreso constituyen las normas de desarrollo del artículo II del título preliminar del presente reglamento, relativas a la autonomía y a la dirección administrativa del Congreso. Son de observancia obligatoria.