Biblioteca del Congreso de la República "César Vallejo"

Legislación sobre Demarcación Territorial - Pasco

 


Huamalíes / Huancayo / Huánuco / Jauja / Pasco / Tarma / Departamento de Junín

 

NORMA DISPOSICIÓN PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
Ley s/n Art. único. El Pueblo de Huariaca en la Provincia de Pasco se denominará villa. 19/12/1853 24/12/1853  
Ley s/n Art. 1.° Entre tanto se hace la demarcación general del territorio de la República, la cordillera de los Andes, que está situada entre las provincias de Jauja, Pasco, Huarochirí y Canta, será el límite de la jurisdicción política, judicial y económica entre los departamentos de Lima y Junín.

Art. 2.° Todos los pueblos situados desde el vértice de la cordillera hacia la parte oriental (á [sic] excepcion de la provincia de Yauyos, cuyos limites serán los mismos que existen al presente) pertenecerán al departamento de Junín, y los que se hallan á la parte occidental, quedan comprendidos en el departamento de Lima.

17/09/1856 18/09/1856  
Decreto Supremo  s/n

Art. 2° Esta provincia, cuya jurisdicción se extenderá por ahora hasta la confluencia del rio Picchis con el rio formado por la reunión del Palcaso y del Pozuso, se compondrá: de la ciudad de Huánuco, que será la capital, de los distritos de Santa Maria del Valle, de Huacar, Higueras, Chinchas, Panao y Tingo María, que antes le han pertenecido, del distrito de Monzón que pertenecía á [sic] la Provincia de Huamalies, y de los distritos de Huancabamba y Pozuso, pertenecientes á [sic] la Provincia del Cerro de Pasco.

29/01/1867 31/01/1867
Ley s/n Art. 1.º Se divide en dos el distrito de Chacayan de la provincia del Cercado, de Pasco, bajo las denominaciones de Chacayan y de Cayna.

Art. 2.° El distrito de Chacayan se compondrá del pueblo de este nombre, que será la capital, y de los que forman la parroquia de Chacayan.

Art. 3.° El distrito de Cayna se compondrá del pueblo de este nombre, que será la capital, y de los que forman la parroquia de Cayna.

Art. 4.° Los límites de estos distritos serán los mismos que actualmente separan los pueblos que lo componen de los distritos vecinos.

21/01/1871 31/01/1871  
Ley s/n Artículo único. Elévase al pueblo de Yanahuanca á [sic] la categoría de villa. 11/11/1890 13/11/1890  

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