Oficina de Cooperación Internacional

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Funciones

1.- Formular, proponer, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales. 

2.- Identificar las fuentes de cooperación técnica y financiera bilaterales y multilaterales que ofrecen apoyo a actividades legislativas, fiscalizadoras y administrativas del Congreso y/o Parlamentos. 

3.- Asesorar a la Alta Dirección en materia de cooperación internacional y ejecutar las acciones necesarias para captar los recursos técnicos y/o financieros disponibles a través de las fuentes internacionales. 

4.- Plantear, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones destinadas al óptimo aprovechamiento de las oportunidades de cooperación técnica y financiera disponible u ofrecidas por organismo internacionales, gobiernos extranjeros e instituciones privadas para favorecer el desarrollo institucional del Congreso de la República. 

5.- Coordinar permanentemente con las diferentes unidades orgánicas del Congreso de la República para recoger sus opiniones, necesidades y requerimientos de cooperación técnica respecto a sus actividades propias y de la institución en general. 

6.- Evaluar y proponer las áreas de la organización del Congreso de la República que requieren de la cooperación internacional para mejorar la eficiencia en el desarrollo de sus funciones. 

7.- Establecer relaciones directas con las fuentes cooperantes, a fin de obtener información sobre la oferta y los procedimientos vigentes destinados a concretar la cooperación al Congreso de la República, así como para darles a conocer los requerimientos de apoyo técnico y/o financiero. 

8.- Observar el cumplimiento del marco legal nacional sobre cooperación técnica y financiera internacional. 

9.- Aplicar los procedimientos apropiados con la finalidad de asegurar la vía correcta de las solicitudes de cooperación técnica y financiera de conformidad con la legislación nacional y las normas y reglamentos de las fuentes cooperantes. 

10.- Elaborar los informes periódicos y anuales sobre el desarrollo y cumplimiento de los objetivos y metas de la oficina dentro del periodo de cada Mesa Directiva del Congreso de la República.

11.- Preparar y mantener un banco de datos sobre la cooperación técnica y financiera requerida por las distintas unidades orgánicas y dependencias de la institución, así como sobre las fuentes cooperantes bilaterales y multilaterales, sus ofertas y disponibilidades. 

12.- Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente. 

 

 

 


 

 



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