Page 24 - CARTILLA DE INFORMACIÓN LEGISLATIVA 2021-2026
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LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS Dicha prohibición no resulta aplicable a los Congresistas que renuncien al Grupo
“Los Grupos Parlamentarios son conjuntos de Congresistas que comparten ideas o intereses comunes Parlamentario, por vulneración a las garantías del debido procedimiento o a los derechos
o afines y se conforman de acuerdo con las siguientes reglas: contenidos en el reglamento interno del Grupo Parlamentario, pudiendo recurrir para tales
efectos, en primera instancia ante el Grupo Parlamentario y en segunda y definitiva instancia
1. Los partidos o alianzas de partidos que logren representación al Congreso de la República ante el Consejo Directivo.
constituyen Grupo Parlamentario siempre que cuenten con un número mínimo de cinco 6. Los Congresistas que hubiesen renunciado de conformidad con el segundo párrafo
Congresistas. del numeral 5 o aquellos cuya sanción de expulsión hubiese sido revocada o anulada
2. Si no lograran llegar al número de representantes a que se refiere el inciso anterior, serán de conformidad con lo previsto en el numeral 4, podrán adherirse a otro Grupo
considerados como Grupo Parlamentario Especial sólo para los efectos de presentación de Parlamentario o integrar el Grupo Parlamentario Mixto, el cual al cumplir lo dispuesto en
proyectos de ley. el numeral 1 del artículo 37, tiene los mismos derechos y atribuciones que corresponden
3. En ningún caso pueden constituir Grupo Parlamentario separado los Congresistas que al Grupo Parlamentario integrado por el menor número de Congresistas formado al
pertenezcan a un mismo partido. inicio del Período Parlamentario, asimismo, en cuanto a la aplicación de los principios
4. Cada Grupo Parlamentario aprueba su reglamento interno, el que deberá respetar las de proporcionalidad y pluralismo.
garantías del debido procedimiento y contener los derechos y deberes de sus integrantes.
Este reglamento es aprobado por mayoría del número legal de sus miembros y obliga a Los Grupos Parlamentarios son registrados en la Oficialía Mayor. Tienen derecho a contar con
todos ellos, al ser presentado ante el Consejo Directivo. El Congresista que considere que ha personal, recursos y ambientes para el desarrollo de sus funciones, en proporción al número de
sido expulsado de manera irregular de su Grupo Parlamentario, podrá accionar en primera sus miembros.
instancia ante la Junta de Portavoces y en segunda y definitiva instancia ante el Consejo
Directivo, agotando la instancia parlamentaria. Si la sanción es revocada o anulada, podrá Cada Grupo Parlamentario elegirá a sus representantes, titulares y suplentes, ante los órganos
optar por regresar a su Grupo Parlamentario, adherirse a otro, o pasar a integrar el Grupo directivos que establezca el Reglamento, dando cuenta por escrito de tales nombramientos a la
Parlamentario Mixto previsto en el numeral 6. Oficialía Mayor. También propondrán a sus candidatos a los cargos de la Mesa Directiva y para
5. No pueden constituir nuevo Grupo Parlamentario ni adherirse a otro, los Congresistas que conformar las comisiones y canalizarán la presentación de propuestas legislativas de acuerdo
renuncien, sean separados o hayan sido expulsados del Grupo Parlamentario por el que con lo que señala el artículo 76 del Reglamento. Los documentos mediante los que se dé cuenta
fueron elegidos, salvo el caso de alianzas electorales conforme a ley, que hayan decidido de la elección de los referidos representantes deben estar firmados por no menos de la mitad
disolverse, en cuyo caso podrán conformar Grupo Parlamentario conforme al numeral 1. más uno del número de miembros que conforman el Grupo Parlamentario.” (Art. 37 RCR).
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