Page 93 - Reglamento del Congreso 2012
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Informes

                        Artículo 71. Los informes son los instrumentos que contienen

                        la exposición detallada del estudio realizado, de lo actuado

                        y las conclusiones y recomendaciones de las Comisiones

                        de Investigación, de trabajo coordinado con el Gobierno y
                        de aquellas que se conformen con una finalidad específica

                        y deban presentar informe dentro de un plazo prefijado.

                        Las Comisiones Ordinarias también presentan informes para

                        absolver consultas especializadas.




                        Los informes de las Comisiones Ordinarias emitiendo

                        opinión sobre cualquier asunto que se les consulte, serán
                        bien fundamentados, precisos y breves.




                        Para la presentación de los informes en mayoría y minoría

                        se aplican las mismas reglas que para los dictámenes.







                                            SECCIÓN PRIMERA




                                        El Procedimiento Legislativo




                        Variantes del procedimiento legislativo

                        Artículo 72. Mediante el procedimiento legislativo se

                        persigue aprobar leyes do carácter general y resoluciones

                        legislativas, las mismas que pueden ser:



                             a) Leyes ordinarias;
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