Page 93 - Reglamento del Congreso 2012
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Informes
Artículo 71. Los informes son los instrumentos que contienen
la exposición detallada del estudio realizado, de lo actuado
y las conclusiones y recomendaciones de las Comisiones
de Investigación, de trabajo coordinado con el Gobierno y
de aquellas que se conformen con una finalidad específica
y deban presentar informe dentro de un plazo prefijado.
Las Comisiones Ordinarias también presentan informes para
absolver consultas especializadas.
Los informes de las Comisiones Ordinarias emitiendo
opinión sobre cualquier asunto que se les consulte, serán
bien fundamentados, precisos y breves.
Para la presentación de los informes en mayoría y minoría
se aplican las mismas reglas que para los dictámenes.
SECCIÓN PRIMERA
El Procedimiento Legislativo
Variantes del procedimiento legislativo
Artículo 72. Mediante el procedimiento legislativo se
persigue aprobar leyes do carácter general y resoluciones
legislativas, las mismas que pueden ser:
a) Leyes ordinarias;