Page 91 - Reglamento del Congreso 2012
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Los dictámenes en mayoría requieren estar firmados al
menos por la mayoría de los Congresistas presentes en el
momento de la aprobación en que se debatió el asunto,
luego de verificado el quórum, y por los miembros que
decidan suscribirlos posteriormente y hasta antes de ser
considerados por el Consejo Directivo. Los dictámenes
en minoría pueden estar firmados por cualquier número
de Congresistas miembros de la Comisión, y de igualar
o superar el número de firmas de los de mayoría por las
adhesiones posteriores, ambos dictámenes volverán a ser
considerados por la Comisión hasta lograr una diferencia
final que permita detenriinar con tlaridad las posiciones de
mayoría y minoría. No se aceptará dictámenes presentados el
mismo día en que deba, debatirse el asunto, con excepción de
los dictámenes en minoría, cuando el.. dictamen en mayoría
se encuentre en la Orden del Día.
Los dictámenes pueden concluir:
a) En la recomendación de aprobación de la proposición.
en sus términos.
b) En la recomendación de aprobación de la proposición
con modificaciones. Para este efecto se acompaña, el
respectivo proyecto sustitutorio.
El Presidente de la Comisión dictaminadora remite
al Pleno la documentación completa de la aprobación
del dictamen.
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