Page 81 - Reglamento del Congreso 2012
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efecto, el Presidente solicitará que los Congresistas expresen
su voto poniéndose y permaneciendo en píe. Cuando la
votación se efectúe mediante el Sistema de Votación
Electrónica, no procederá la rectificación. En este caso; y
por excepción, el Presidente podrá ordenar que se repita la
votación utilizando el procedimiento antes mencionado.
Las reconsideraciones se presentan por escrito luego de las
votaciones y su aprobación requiere el voto de más de
la mitad del número legal de Congresistas. No proceden
los pedidos de reconsideración sobre una reconsideración
previamente votada, con excepción del pedido que presenten
por una sola vez los voceros de los grupos parlamentarios
que representen ajos 3/5 del número legal de Congresistas,
los que para su aprobación requieren el voto de los 2/3
del número legal de Congresistas. No se puede presentar
reconsideraciones después de aprobada el acta o de la
dispensa de dicha aprobación.
Al inicio de cada sesión y después de pasar lista, el Presidente
informará al Pleno el quórum legal de la sesión.
Cuando el resultado de alguna votación sea inferior al quórum
establecido, el Presidente queda autorizado para volver a
someter el tema a votación el mismo día, sin necesidad de
que sea tramitado con una reconsideración y continuándose
la sesión con el debate de otros asuntos.
(Micuio mcd#icadó. Resolución del Congreso 014-98-CR, publicada el 16 de
diciembre de 1998)
(Artículo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 014-2002-CR, publicada
el 28 de mayo de 2003)
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