Page 59 - Reglamento del Congreso 2012
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La Oficina de Auditoría Interna del Congreso
Artículo 39. La Oficina de Auditoría Interna del Congreso
es el órgano especializado que, aplicando técnicas y normas
de auditoria, realiza el control sobre la contabilidad del
Congreso, la aplicación de los recursos .presupuestales y
la gestión de las dependencias que conforman el servicio
parlamentario. Está a cargo de un Auditor General del
Congreso, nombrado por acuerdo de la Mesa Directiva a
propuesta del Presidente.
El Auditor General del Congreso puede recabar información
de cualquier dependencia del servicio parlamentario. En
forma periódica y cuando se le solicite, informa a la Mesa
Directiva y al Consejo Directivo sobre el desarrollo de
sus hinciones, y en forma obligatoria al término de cada
ejercicio presupuestal.
La Oficialía Mayor del Congreso
Artículo 40. La Oficialía Mayor es el máximo órgano del
servicio parlamentario del. Congreso. Está a cargo de un
funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, quien
responde ante el Presidente por la marcha y resultados de
las dependencias y personal del servicio parlamentario. Le
corresponde con este fin la dirección, supervisión y control,
directos o por delegación, de todas las actividades del servicio
parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar
las tareas orgánicas y funcionales de los Congresistas.
El Oficial Mayor tiene la representación legal. de la
administración, es jefe de todo el personal y cuenta con
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