Page 17 - Constitución para la República del Perú dictada por la Asamblea Nacional de 1919
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4º-Ser natural d0l Departamento á que la provincia
pertenezca ó tcucr eu 61 doi;; años <le r(~sidcncia debidamente
CODl}Jl'Ol,ada.
Artículo 75~-Para set' Snn:utor so requiere:
r-Ser peruano de na<· imieuto;
i"- Uimla<la110 m l',ierl'i1·.iu;
3?- 1'cme:r treiutkinco afíos de célad.
A..rtícnlo 7W- Xo 1mcden ser elegidos Senador por nin-
gún Departamento, 11i Divnrndo 11or ninguna ]Jrovincia:
J·~R1 1>('müdeute <le la HL~púhli<ia, iiini.ntros el(, Estado,
Pre:fed,0s, ~-h1h-J>n,frdos y tfoberna<l<m.'s, si 110 han dejado el
cargo <1os meReR antes <lr la Ple<'t.ión·;
3~-Lo: Vocaks y Fii-wakr-; Je la Corte Su1n·erua, los
Vocales:· i'iseales Lle las CortPs Snperiores y los ,Jueces de
Primera I11sfancia y Ap;cml (',- Jnseafos;
H'!-Lm; mnplea<los p11llli('üs que puedau ser removidos
directamente 1>or el l>o,ler l~jPeuüvo y los .Militares qne estén
on servicio en la época <1c la (•li c·ci6n;
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4 -Los ArzobispoH, Ol>ii,¡pos, Gobernadores eclesiásti-
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ros, Vicarios ca.pitnhu·e::; y ¡n·oyisore;:; por los Departamentos
ó provincia~ de sui-; 1·t1sp0<·.tiv:rn diócesis y los cm:as por las
provimáas á qnc 1,ertenezcan sus J)arroqui.as.
Artículo 77Q- Ha:r ineompatibilidad entre el mandato
LegislatiYO r toflo empleo público, sea de la Administración
:N"ncio11al, sea <le la luca.l. Los empleados cfo Beneficencia ó
ele Socied:uh•s llepcuclient<lH .,•u cualquier forma del Estado,
se hallan jw·luíclos eJ1 esta. iw:ompatihili.dac1. .
~~tículo 78º-JGI CongreRo ürdinario se rcullirá todos
los afim; el 28 de j1ll i.o, <:cm c·m 1yoca.toria ó sin éI1a.; y funcio-
nará, cuamlo me110:-;, uovenfa días en el afio, y ciento veinte
días cuando más. El Uongre:--o extrnor clínario será convóca-
do por el Püdcr Ejec:uti,·o euando lo juzgue necesario.
Bn el caso en tino no SH Jrnbicse sancionado el presupues-
to, el Congre:o Ordii1ario no podrá clausurarse sino vencido
su período miix.hno. Rl CJ011grrso :mxtraol'dina.rio terminará,
llenado que ln1birn,<~ el ob,i<.•to <lH su eouvocatoria y sin que pue-
da. ftmeioum· múH de (.martm1 it:iu<;o ,Has rn1t nrales. Los <Jon-
gresos :K~.:traor<liual'ioi,; frndrún las misma.-; fueultudes que
lns Onliuarios; pero <lamh1 11refcrc-uc-ia á los asm1to~ que ha-
yan sido maü·ria tk la co1t\'(watoria.
Aiiículo 79':-I\n·a. t¡nc pneLla instalarse el Congreso es
preciso que se• reuna el S('flt•nfa por ciento de los miembros ele
ca<la Cámara.