Page 365 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            declarado, y confesado es la verdad so cargo del juramento que fecho tiene en
            que se afirmó, y ratificó siendole leida y explicada ésta su declaracion, que es
            mayor de cincuenta años, y por no saber firmar lo hizo a su ruego Don Toribio
            Figueroa junto con los Ynterpretes y Protector y conmigo los Testigos de mi
            asistencia por falta de Escribano.
                    Mais y Arcas (Rubricado). Por Francisco Maceha Toribio Figueroa
            (Rubricado). Manuel Huete (Rubricado). Urbano Zugasti (Rubricado). Jose
            de Eguizabal (Rubricado). Testigo: Miguel de Yrazoqui (Rubricado).
                    Manuel de Zevallos (Rubricado).
                    Protector


                    (Al margen)
                    57.
                    Leon Tarazona.
                    En el mismo dia, hice comparecer á un mestiso ladino a quien le recibi
            juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz segun for-
            ma de Derecho, bajo el qual prometió decir verdad en lo que supiere y fuere
            preguntado, y siendolo ál tenor de las preguntas siguientes, preguntado que
            quien aconsejó á el y a los de su Pueblo para que se levantaran dijo: Que los
            del Pueblo de Chupan mandaron circular por todos los Pueblos una orden
            del Rey Castel para que se levantaran los indios y mataran al Subdelegado y
            demas Chapetones, y que desde Aguamiro les dijeron los alzados que fueran
            sin falta, y responde.
                    Preguntado que a quien nombraron los del Pueblo de Rondos de Capi-
            tanes para la guerra, con quienes se juntaron, a donde fueron, y que hicieron,
            dijo: Que el Alcalde y Antonio Malqui fueron mandando á la gente, que el dia
            diez y siete de Marzo salieron de su Pueblo y encontraron con los demas alza-
            dos, quando ya bolvian de Llata, despues de haver robado y matado alli á dos
            que se bolvieron ál Puente de Pachas, y de alli á sus Pueblos, y responde que lo
            que lleva dicho y declarado es la verdad so cargo del juramento que fecho tie-
            ne en que se afirmó y ratificó siendole leida esta su Declaracion que es mayor
            de cincuenta años y la firmó conmigo, y los testigos de mi asistencia, por falta
            de Escribano.
                    Mais y Arcas (Rubricado). Leon Tarazona (Rubricado). Testigo: Tori-
            bio Figueroa (Rubricado).





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