Page 144 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huamalíes
derecho paresco y digo: Que de Justicia se a de servir Vuestra Señoría dar al
desprecio lo que constan en el Proceso adverso a mi parte y que en su conse-
quencia se le declare por libre y esempto de todo cargo por general y siguiente.
Los testigos que le culpan son Pedro Leandro quien asegura que Mar-
cos Sanches su Alcalde del Pueblo de Punchao le dijo que havía orden para
que la gente viniese á Llata y que en realidad vino con ella hasta serca del Pue-
blo, y que por noticia que tubieron de que se retiraron los alsados se retiraron
tambien ellos.
Narciso Timoteo, Pasqual Yacha y Santiago Criollo en sus declaracio-
nes de fojas y fojas dicen que un Yndio de Miraflores llebó al Alcalde de Pun-
chao un papel del General Castillo, y otro le mando Nol-tupamarro a Llata en
substancia concluye en lo mismo el primer testigo.
La confecion de Marcos Sanches mi parte a fojas 155 Quaderno pri-
mero nemine discrepante no se diferencia de lo que declaran los testigos; de
que se deduce que sí el Alcalde y Comunidad de Punchao tubo la venial culpa
de pasar á Llata, ni fue insurrecto para extorcionar a nadie, ni menos lo hizo
por boluntad propria sino por los papeles que le escrivieron los de Miraflores
el General Castillo y el Capitan Norverto; y que ¿se podra dificultar que si no
asisten a esa infame Expedicion de Llata, los Ynsurgentes que la verificaron no
hubieran en bengansa de su resistencia sacrificado a los de Punchao? Ello es
que según la expocicion de los testigos quando llegaron a Llata ya no tubieron
que entrar en accion alguna.
A ninguno de quantos se me ha nombrado para defender en la causa
de Ynsurreccion de Huamalíes, ya como Protector de Yndios ó como particu-
lar alli menos culpado que á este Alcalde de Punchao; y por lo propio para el
dado caso que por el mero echo de haber arribado á Llata le cobrevenga culpa,
esta se borra ya con la pricion de tres meses que sufre y ya con el Yndulto a
que se acoje de que parece no hay embaraso para subscrivirlo en el numero de
los Yndultados, y por lo mismo afirmandose el defesor en ello y haciendo el
pedimento mas condusente.
(Al margen)
A Vuestra Señoría pido y suplico que en consequencia de lo que minis-
tra el Proceso y lo alegado se sirva Yndultar al suplicante y mandar que la pena
que merece quede reasumida en la pricion que ha padecido por ser justicia,
etcétera.
José de Binia (Rubricado).
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