Page 144 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
                                 Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huamalíes
            derecho paresco y digo: Que de Justicia se a de servir Vuestra Señoría dar al
            desprecio lo que constan en el Proceso adverso a mi parte y que en su conse-
            quencia se le declare por libre y esempto de todo cargo por general y siguiente.
                    Los testigos que le culpan son Pedro Leandro quien asegura que Mar-
            cos Sanches su Alcalde del Pueblo de Punchao le dijo que havía orden para
            que la gente viniese á Llata y que en realidad vino con ella hasta serca del Pue-
            blo, y que por noticia que tubieron de que se retiraron los alsados se retiraron
            tambien ellos.
                    Narciso Timoteo, Pasqual Yacha y Santiago Criollo en sus declaracio-
            nes de fojas y fojas dicen que un Yndio de Miraflores llebó al Alcalde de Pun-
            chao un papel del General Castillo, y otro le mando Nol-tupamarro a Llata en
            substancia concluye en lo mismo el primer testigo.
                    La confecion de Marcos Sanches mi parte a fojas 155 Quaderno pri-
            mero nemine discrepante no se diferencia de lo que declaran los testigos; de
            que se deduce que sí el Alcalde y Comunidad de Punchao tubo la venial culpa
            de pasar á Llata, ni fue insurrecto para extorcionar a nadie, ni menos lo hizo
            por boluntad propria sino por los papeles que le escrivieron los de Miraflores
            el General Castillo y el Capitan Norverto; y que ¿se podra dificultar que si no
            asisten a esa infame Expedicion de Llata, los Ynsurgentes que la verificaron no
            hubieran en bengansa de su resistencia sacrificado a los de Punchao? Ello es
            que según la expocicion de los testigos quando llegaron a Llata ya no tubieron
            que entrar en accion alguna.
                    A ninguno de quantos se me ha nombrado para defender en la causa
            de Ynsurreccion de Huamalíes, ya como Protector de Yndios ó como particu-
            lar alli menos culpado que á este Alcalde de Punchao; y por lo propio para el
            dado caso que por el mero echo de haber arribado á Llata le cobrevenga culpa,
            esta se borra ya con la pricion de tres meses que sufre y ya con el Yndulto a
            que se acoje de que parece no hay embaraso para subscrivirlo en el numero de
            los Yndultados, y por lo mismo afirmandose el defesor en ello y haciendo el
            pedimento mas condusente.
                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoría pido y suplico que en consequencia de lo que minis-
            tra el Proceso y lo alegado se sirva Yndultar al suplicante y mandar que la pena
            que merece quede reasumida en la pricion que ha padecido por ser justicia,
            etcétera.
                    José de Binia (Rubricado).



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