Page 626 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                                              Expediente sobre las tiendas que fueron saqueadas en Huánuco
                                   Señor Governador Yntendente
                    Don José de Binia en el Expediente que sigo sobre exclarecer los vienes
            que me saquearon en la Ynsurrección que experimentó esta Ciudad y hacien-
            das de su Distrito, con lo demás deducido digo: Que ovedeciendo el Superior
            Decreto de 4 del corriente, hago demostración de la razón que me ordena para
            que en su vista se proceda a quanto halla lugar. Sin embargo de que reitero
            aquí lo que en aquella representación expongo, parece que es del propósito
            hazerle presente a Vuestra Señoría que entre los saqueos que se le han hecho a
            los vesinos de la Ciudad, no hay otro mejor justificado que el mío, porque en
            la razón simple que presenta el Pueblo de Acomayo, nominadamente se leen
            muchas Partidas con el instintivo que son saqueadas de la tienda de Binia.
            Muchos de los yndios que por disposición de Vuestra Señoría se juramenta-
            ron aserca del alzamiento, sin excrepancia lo confiesan, y todo consta en los
            Autos de su propósito á que me remito; en consequencia pues de que esta
            advertencia es del caso para la prueba de mi justicia.
                    A Vuestra Señoría pido y suplico, que dando por presentada la razón
            se sirva mandar haser como en mi primordial recurso solicito, ó lo que estime
            más de justicia.
                                                        José de  Binia (Rubricado).


                    (Al margen)
            Huánuco Julio 10 de 1812.
                    Por presentado con la razón que se acompaña con citación del Síndico
            personero de la Ciudad, justifique esta parte, ante el Alcalde ordinario del 1er.
            Voto a quien se comete la legalidad y verdad de la referida razón. Gonsa-
            les (Rubricado). Travitaso (Rubricado). Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza
            (Rubricado).


                    Huánuco y Julio 20 de 1812.
                    Por recibido el Superior Decreto que antecede guárdese y cumplase en
            todos sus partes, y en su consequencia produsqa la parte la Ynformación que
            ofrece con citación al Regidor decano de este Ylustre Cabildo por no haber
            en la actualidad Síndico Procurador General; se comete esta diligencia a Don
            Manuel Alvarado, y así lo firmo ante testigos por falta de Escribano.







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