Page 508 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
P. 508

Volumen  3
                                      Autos criminales contra las personas involucradas en el saqueo de Huánuco
            efectos que la indicada bayeta, y es injusto y falso lo que se hubiere depuesto
            en contrario: Con lo qual se suspendió su confesion y quedó havierta para
            continuarla si fuere presiso, afirmandose la confesante y ratificandose en
            ella vaxo de el Juramento fecho, y por no saver excrivir firmó el Curador
            conmigo y testigos.—
                                      Fernandez (Rubricado).
                                    Josssef de Arze (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).


                    (Al margen)
                    38 de Pasquala Herrera.
                    En la Ciudad de Leon de Huanuco a onze dias del mes de Mayo de
            mil ochocientos dose años en prosecucion de las confesiones hise compa-
            reser a una muger preza, y con asistencia del Curador le tomé Juramento
            por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, vaxo del qual protestó desir
            verdad sobre lo que supiese y fuese examinado, y haviendosele hecho varias
            preguntas y cargos, contestó lo que sigue.—
                    Preguntada como se llama de donde es natural y vesina qual es su
            casta y estado, que exercicio y edad tiene, dijo: Que su nombre es Pasquala
            Herrera natural y vesina de este lugar, mestisa casada, de exercicio panadera
            y de edad de dies y siete años.-
                    Preguntada quien le puso presa en que dia en que paraje, por cuyo
            mandato, y por que causa ó si la presume, dijo: Que hallandose en su casa el
            dia dos del corriente la prendió de mi orden Don José Maria Sierra, y que no
            save ni presume el motivo de haver sido capturada.—
                    Repreguntada como puede ignorar la causa de su pricion, quando
            resulta de Autos que en los dias del saqueo general estubo condusiendo á
            su Casa en compañia de su ermana, y de su Madre emboltorios de generos
            rovados de parte de noche, dijo: Que es enteramente falso el cargo pues en
            aquel tiempo no salió de su Casa mas de para refugiarse en la chacra de Cay-
            gueyna, como lo expresó en su declaracion jurada, á que se remite, y no se le
            puede haver visto con otra cosa que con una caxa y una Petaca serradas que
            hiso guardar en la Casa de Alexo Espinosa, las quales contenian la ropa de su
            uso y de su familia: Con lo que se suspendió su confesion y quedó havierta
            para proseguirla quando convenga, y la confesante se afirmó y ratificó en
            ella vaxo del Juramento fecho firmando el Curador conmigo y testigos.—



                                               507
   503   504   505   506   507   508   509   510   511   512   513