Page 433 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
P. 433

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812


                                      Fernandes (Rubricado).
                                   Asencio Berrospi (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).
                                    Josssef de Arze (Rubricado).


                    (Al margen)
                    Ratificacion. 61 de Petrona Días.—
                    En seguida comparesio Petrona Dias, de este vesindario, de quien re-
            civi Juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, protestando desir
            verdad en quanto supiese y le fuese preguntado, y siendolo sobre lo que save
            relativo al Saqueo, personas que de el participaron, y espesies que en su poder
            se encontraron, dijo: Que aunque estubo en la Ciudad en los dias del Saqueo no
            participó de el, ni andubo con los Yndios, ni conoscio a los vesinos del lugar, que
            les acompañaron, y solo vio a un sombrero nombrado Cristoval del barrio del
            Batan, que partio con otros individuos que no conose la declarante, un atado de
            genero blanco, que no save si fue lienso o texido de algodón; que con motivo de
            haberse encontrado en la huerta de su casa unos caxones y un almofrez, se le
            imputó este rovo a lo que declara, y sin duda fue executado por alguna perso-
            na, que recelando ser descubierta, puso alli secretamente las referidas especies,
            quisa con la depravada intención de que la deponente fuese perseguida; Que es
            sierto que dentro de su misma avitacion se advirtio un hoyo ó escavacion, pero
            esta no indicava la menor sospecha ni malicia, pues no tenia mas de una quarta
            de profundidad y media vara de diametro, y fue echo por el marido de la que
            depone muchos dias antes de la invacion de los Yndios, imaginando que hubiese
            alli algún tesoro escondido; Que lo que tiene declarado es lo unico que save en
            verdad so cargo del Juramento fecho en que se afirmó y ratificó; que no le tocan
            las generales de la ley, y es de edad de treinta años y firmó a su ruego por no
            saver hacerlo uno de los testigos de mi actuacion.—
                                      Fernandes (Rubricado).
                 A ruego de la declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).










                                               432
   428   429   430   431   432   433   434   435   436   437   438