Page 400 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                                      Autos criminales contra las personas involucradas en el saqueo de Huánuco
            otra parte que a la Yglecia Matriz, en donde se refugiaron hasta que pudieron
            aucentarce al paraje de Caygueyna; Que es quanto puede declarar en verdad
            vaxo del Juramento fecho; Que es de edad de mas de quarenta años, y por
            saber escrevir firmó á su ruego uno de los testigos de mi asistencia—
                                      Fernandes (Rubricado).
                 A ruego de la declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
                              Testigo: Sebastian Ramirez (Rubricado).

                    (Al margen)
                    36° de Pasquala Herrera.
                    Enseguida comparesio Pasquala Herrera hija de la anterior citada asi
            mismo por Doña Ubalda Espinosa a quien recivi Juramento Por Dios Nuestro
            Señor y una señal de cruz, en la forma dispuesta por Derecho, vaxo del qual
            protextó decir verdad en quanto supiese y se le preguntace, y siendo examina-
            do segun el contexto de la enunciada cita respondio lo siguiente: Que quando
            los Yndios invadieron la Ciudad, conduxo la declarante con su madre Ylaria
            Marvella, una Petaca serradas a casa de Alexo Espinosa, para que se las cus-
            todiase, por temor de que le rovasen la ropa de su uso que contenian, y poste-
            riormente las bolvieron á llevar a su avitación; Que no ha tenido parte alguna
            en el Saqueo, pues solo salió de su casa para refugiarce en la Yglecia Matriz,
            y pasar de alli a la chacra de Caygueina, y asi es falso que se le haya visto con
            alguna especie de las rovadas; Que es quanto puede declarar con verdad so
            cargo del Juramento que ha prestado, y en ello se afirma y ratifica: Que desde
            luego le comprenden las generales de la ley, por lo respectivo a su familia,
            pero no por eso falta a la religion de dicho Juramento; Que es de edad de dies
            y siete años y por no saber firmar lo hiso a su Ruego uno de los testigos de mi
            asistencia.—
                                      Fernandes (Rubricado).
                 A ruego de la declarante y como testigo: Josssef de Arze (Rubricado).
                              Testigo: Sebastian Ramirez (Rubricado).


                    (Al margen)
                    37° de Maria Ulluco.
                    Ynmediatamente comparesio Doña Maria Ulluco, hija igualmente de
            Ylaria Marvella, a fin de evaquar la cita que se hace de ella por la misma Doña
            Ubalde Espinosa, y se le recivio Juramento en la forma prevenida por derecho



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