Page 328 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                        Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte
            presentes, sin mas sitarles ni llamarles hasta sentencia difinitiva inclusibe, y
            tasasion de costas si las hubiere, y los Autos, y demas diligencias que en esta
            causa se hicieren, se harán, y notificarán en los Estrados de esta Audiencia,
            que desde luego les señalo, y les parará el mismo perjuicio que si en sus perso-
            nas se hicieran, y notificaran. Y para que venga á noticia de todos y de los su-
            sodichos mando pregonar, y fixár el presente. Fecho en Huanuco, y Mayo diez
            y siete de mil ocho cientos doze = Jose = Gonzales de Prada =Por mandado de
            Su Señoria. Nicolas Ambrocio de Ariza, Escribano de Su Magestad =
                    Y para que asi conste lo pongo por fé, y diligencia. Fecha ut supra.
                    Mariano Flores (Rubricado). Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                                Escribano de Su Magestad.


                    En cumplimiento de la orden verval que el Señor Governador Ynten-
            dente nos ha comunicado, hemos pasado a la Real Carcel de esta ciudad oy dia
            de la fecha siendo como las siete oras de la mañana; y allanada que fue por el
            carcelero, solicitamos en ella los reos profugos que consta haverce llamado por
            el anterior edicto, y no fueron havidos por haverse precentado, y por ser asi lo
            ponermos por diligencia en Huanuco y Mayo dies y ocho de mil ochocientos
            doce años.
            Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).      Mariano Flores (Rubricado).


                    (Al margen)
                    Huanuco y Mayo 18 de 1812.
                    Vista la diligencia de la buelta, y en rebeldia de los reos profugos que
            no han comparecido seles señalan los estrados de esta Audiencia, con que se
            entenderan sus notificaciones y demas diligencias que combengan; y comuni-
            queseles traslado con el tiempo de tres oras pasadas las quales trayganse los de
            su materia.
                                       Gonsales (Rubricado).
                                      Travitaso (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Ante mi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.


                    En dicho dia siendo como las ocho de la mañana de este dia notifi-
            camos e hicimos saver el precedente auto de traslado en los estrados de esta



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