Page 225 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812


                    En execucion del auto de la vuelta hiso comparecer Su Señoria á Agus-
            tin Acosta preso en esta Real Carsel aquien por antemi el presente Escribano
            recivio juramento que lo hizo por Dios nuestro Señor y una señal de Cruz,
            bajo del qual ofrecio decir verdad de lo que supiere, y fuere preguntado, y
            siendolo al tenor del pedimento antecedente dijo que asu casa no ha asomado
            don Tomas Narbarte enla noche que sele cita ni en otra alguna, y menos en
            compañia del Presvitero Zavala, a quienes aunque conose el Declarante nola
            ha visto jamas en su havitacion. Que lo dicho es la berdad bajo el juramento
            que ha prestado en que seafirma y ratifica, que es de edad de beinte, y ocho
            años, que no le comprenden las generales de la ley, y la firmo con su Señoria
            de que doy fée.
                                Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                    Agustin Acosta (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.


                    (Al borde superior derecho)
                    El Presvitero don Tomas Narbarte.
                    (Al margen)
                    Huanuco Abril 27 de 1812. A los de su materia Gonsales (Rubricado):
            Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado). Escribano de Magestad. Ma-
            riano Flores (Rubricado).


                                  Señor Governador Yntendente.
                    Manuel Tupayupanqui en la causa iniciada del Presbitero Don Thomas
            Narbarte, como su defensor nombrado con mi mayor respeto, y segun derecho
            ante Vuestra Señoria Parezco y digo: Que la acusasion de don José María Cierra,
            Puesta ami Parte es decidida con la declaracion de Agustin Acosta, quien como
            Christiano expone la verdad vajo de juramento. No puedo menos que exponer
            que milite algun rendimiento quando sin mas motibo que su antojo lebantó una
            falsa y temeraria calumnia ami Parte sin Religión ni temor a Dios.
                    La contradiccion en las declaraciones de Cierra, su Suegra, cuñada, y mu-
            ger, son incompatibles, pues hai una variedad grande de unas a otras, y la que
            mas obserbó fue su muger, y no trae aconsideracion ami parte, nile menciona en



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