Page 192 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                        Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte
            dela Merced; últimamente toda ésta ocurrencia queda á salvo con la solemne
            declaracion de el Prelado del Convento, que por su caracter, y autoridad (Al
            margen: Se unió el recurso con la constancia de la nota que precede) es testigo
            de esempcion, y por consiguiente el Tribunal de Vuestra Señoria acubierto en
            virtud dela fianza, que dió el preso mi parte: para gosar de libertad, no falta
            otra cosa, sino que, para que el expediente no quede diminuto, el Escrivano
            ponga la respectiva nota del instrumento, que ante él se organisó; y quedando
            vigente, por si hubiesen en lo succesivo resultas, se mantenga la causa en este
            estado.
                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoria: pido, y suplico, que en conseqüencia delo probado,
            y alegado, se sirba mandar hacer en todo, como en la condusion solicito, ó lo
            que estime mas de justicia, etc.
                                                Jose de  Binia (Rubricado).


                    (Al borde superior derecho)
                    Felix Pardavé.
                    (Al margen):
                    Huanuco Abril 20 de 1812. Como lo pide, y fecho entreguesele.
                                       Gonsales (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.

                                  Señor Governador Yntendente.
                    El Capitán Don Santos dela Vega, Defensor nombrado de Felíz Parda-
            vé, con motíbo de la presente Ynsubrreccion ante Vuestra Señoria conforme
            a derecho, paresco y Digo: que inspeccionada en el Proceso con proligídad la
            causa de mi parte no encuentro otro mérito para su pricion ní se menciona en
            otro lugar que en la razon presentada por Don Domingo Berrospi; es así que sí
            huvíera sído entremetido en estos desareglos los deponentes, en las confecíones,
            en las cítas, o en otra qualquíera parte como á incídente sele trassera aconsidera-
            cíon su nombre no suena, luego mí parte no es delíncuente, como sele supone.
                    En vírtud delas amenasas delos Rodríguez, del Límeño y otros capíta-
            nes, y comandantes dela sublevacion con pena dela vida y ademan hiso mi
            parte de caminar para Ambo, lo que no tubo por haverse vuelto del camíno.



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