Page 284 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Volumen  1
                                      Declaraciones y confesiones sobre los movimientos subversivos en Huánuco
            breve vendria el Ynca á restituir á los yndios, pero que nunca dijo se quedaria
            con los ganados de los contenidos señores, y que les quitarian las vidas, ni que
            se coronaria, ni lo mas que se le fulmina.
                    Preguntado, si en este asunto son otros yndividuos comprehendidos
            en especial su muger, é hijos Lorenzo Amaro su muger, Juaquin Canchan,
            Francisca Casas alias Andia, y qualesquiera otros. Dijo, que se refiere á lo que
            tiene expuesto en la primera pregunta sobre que supieron del tal emisario, y
            sus relaciones Francisca Guiza su hijo Leon, Josefa Ollero, y por esta su ma-
            rido Lorenzo, como por el confesante su muger Lorenza Amaro, Francisca
            Andia por la primera Francisca menos los antenados del declarante, ni Jua-
            quin Canchan, y si lo han savido, lo ignora: que los mas de los suso dichos se
            alegraron de como el confesante de la noticia del Ynca por las conveniencias,
            y felicidades, que se prometian; á esepcion de Lorenso Amaro, que nada quiso
            crér como tiene dicho.
                    Preguntado si Prudencia Calderon, Gavino Mayta, y ese español con
            un lunar en el ojo que enseñó las casas al forastero emisario tubieron confe-
            rencias con este, y con el confesante, sobre los asuntos ante dichos: Diga la
            verdad sin faltar la religion del juramento— Dijo: que le consta nó haver teni-
            do conocimiento Prudencia Calderon con ese forastero sino aquel dia, en que
            casualmente se encontraron por un corto rato, que ni con este, ni con Gavino
            Mayta, ni ese hombre del lunar, á quien jamas á visto se han tratado tales asun-
            tos. En este estado mandó el señor Jues suspender esta confecion para abrirla
            siempre, y quando convenga, y haviendose leydo al defensor é interprete y
            explicandosela por ambos al reo confesado; punto por punto se ratificó en esta
            su confecion, no firmó y que dijo no saver, hicieronlo el Protector defensor
            con el ynterprete con su Señoria por ante mi el precente Escribano de que doy
            fe.— Enmendados Francisca = Vale.
                    Ygnacio Valdivieso (Rubricado). Bernardo Ancieta (Rubricado) Jose
            Ceballos (Rubricado).
                    Nicolas de Berroa (Rubricado)
                    Escribano Público.

                    (Al margen)
                    Otra de Lorenzo Amaro.
                    En la Villa de Tarma en dicho dia, mes y año. Continuando el Jues de
            esta causa en recivir confeciones á los reos que en ella comprehenden: mandó



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