Page 271 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812


                    (Al margen)
                    Declaracion de Pedro Ynostrosa.
                    En la Villa de Tarma a seis dias del mes de Abril de mil ochocientos y
            doce años. Habiendose encontrado la persona de Pedro Ynostrosa casta mix-
            to, á quien por equivoco citó Santos Pacheco con el nombre de Marcelo Ynos-
            trosa en su declaracion de fojas fecha a los veinte dias del mes de Marso ultimo
            á quien siendo ladino en el ideoma Castellano, explicandosele antes la religion
            del juramento se le recivio por el señor Jues, segun derecho por Dios Nuestro
            Señor y una señal de Crus, vajo del que ofreció decir verdad en quanto supie-
            re, y fuere preguntado, y haviendolo sido conforme á la cita del referido Santos
            Pacheco, y al auto que está al principio— dijo: Que es verdad que por Pasqua
            de Reyes del presente año, á principio de Enero, llegó el declarante a casa de
            Juan de Dios Guillermo en Tarmatambo á comprar un poco de papas para
            suplir su necesidad, y que haviendole convidado se apeó, y almorsó, papas
            nuevas con el referido Guillermo, su muger, hijas, y Lorenso Amaro, y en con-
            versacion le dijo el primero que venia el Ynca de Quito con muchos vasallos,
            dando guerra, y degollando españoles para hacerse dueño de estas tierras; que
            no oyó mas por que nó haviendole dado papas Guillermo por nó tener, luego
            que almorsó se volvió á su estancia el Yngenio de Huaripalca. Que sobre las
            actuales revoluciones de Panataguas y Huanuco, nada save por haver estado
            tres meses en la montaña de Vitoc, hasta que en estos dias, que ha regresado
            ha oydo generalmente tratar de dichas commosiones, pero no á los yndios
            cosa en contra. Que es quanto puede decir en verdad so cargo del juramento
            fecho en que se afirmó, y ratificó leida esta su declaracion que nó le tocan las
            generales de la Ley, que le fueron explicadas, que es de edad de mas de noventa
            años y la firmó con Su Señoría de que yo el Escribano doy fe.
                    Ygnacio Valdivieso (Rubricado). Pedro Ynostrosa (Rubricado)
                    Ante mí Nicolas de Berroa (Rubricado)
                             Escribano Público.


                    (Al margen)
                    Declaración de Domingo Jorge.
                    Yncontinenti: El señor Governador Yntendente mandó comparecer á
            Domingo Jorge yndio recidente en la Hacienda de Maco, operario en ella de la
            propiedad de don Lorenso Antonio Cardenas [testado: de la propies] Coronel



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