Page 275 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Hacen 27 días que estamos sufriendo la penosa micion de esta carcel
            pasando indeseables incomodidades cuyo motibo me extimula a implorar su
            piedad y clemencia para que en obcequio de ella se digne franquearnos la
            libertad respecto de que emos carecido de los fines con que estos malbados
            estubieron en aquel lugar y que no hemos coadyubado en fomentar sus ma-
            lignas ydeas; y si hay alguno que diga al contrario que se nos aplique la pena a
            que somos acreedores pero si nos aliamos libres ce nos conceda la gracia que
            solicito con el fin de que no ce nos sigan mayores perjuicios y atrasos como a
            sus pobres infelices hijos Que Sus Pies Besamos rendidamente.
                    Marcela Villegas (Rubricado)


                    Tarma Abril 11 de 1812
                    (Al margen)
                    Nota. Se libraron las requicitorias á las justicias inmediatas, con fecha
            13 de Abril de 1812.
                    Berroa (Rubricado)
                    Por presentada esta carta con el papel de su referencia, rubriquense. Y
            vistos sin embargo de la declaracion fecha a fojas por la suplicante, reiterese
            otra á proporcion del contenido de esta carta, y lo mas que pueda convenir:
            sin perjuicio librense requicitorias á los Jueces inmediatos para la aprehen-
            cion de Antonio Rodriguez, emisario que se supuso, del Ynca adjuntandose
            filiacion de su persona, segun el merito del sumario. Amplíase este en la parte
            posible, y fecho autos.
                    Valdivieso (Rubricado). Ante mí Nicolas de Berroa (Rubricado)
                                                     Escribano Público.


                    (Al margen)
                    Ynstructiva de Marcela Villegas.
                    En la Villa de Tarma en trece dias del mes de Abril de mil ochocientos
            doce. El señor Teniente Governador en virtud del auto que precede mandó
            comparecer á Marcela Víllegas yndia precentante de la carta y papel adjun-
            tos, á quien por el defensor é ynterprete nombrado por el Jusgado don José
            Cevallos se la recivió juramento explicandosela en su ideoma la gravedad, y
            religion, vajo del que prometió decir verdad en quanto supiere, y fuere pre-
            guntada y siendola con proporcion á su carta demostrada, y papel sobre si el
            que escrivio dicho papel á su sobrina Maria Gomez Guaman, fue el sobrino



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