Page 269 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
P. 269
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
(Al margen)
Otra de Juan Solorzano.
Yncontinenti: comparecio ante el señor Jues á Juan Solorsano mixto
soldado de estas Milicias Diciplinadas poco experto en el ideoma Castellano, á
quien explicandosele antes por el interprete nombrado la gravedad, y religion
del juramento se le recivio conforme á ordenanzas levantando la mano dere-
cha formada la señal de la Cruz, juró á Dios y prometió al Rey decir verdad,
en quanto supiere, y fuere interrogado, y haviendole sido conforme al auto
que está por caveza—Dijo: Que por haver estado recidiendo ha dos meses
en el Valle de Vitor cuidando un hermano suyo enfermo, no save cosa espe-
cial de esta revoluciones y que unicamente puede exponer que hallandose en
Guaricolca barvechando unas tierras, regresando el declarante encontró unos
siete jaujinos entre yndios y mixtos, dos con botas, y los demas con medias de
lana, y yanques, que le pidieron pastos, y los negó por los daños que hacian,
que se pucieron a merendar, y entre tanto preguntaron al que declara quantas
compañias havian salido a Tarma, con que respondio, nó saver por haver es-
tado fuera, que ellos venian huyendo del Cerro de Yauricocha, por que no los
llevasen de soldados a Huanuco, que ignora sus nombres, y quienes eran: que
el declarante siguio su camino para esta Villa dejandolo en el citio de Patargai
como a la cinco de la tarde; que era regular pasasen á su tierra Jauja; que no les
vio armas blancas, ni de fuego. Que es quanto puede decir sobre el particular
so cargo el juramento fecho en el que se afirmo, y ratifico, que es de edad de
veinte, y seis años; nó firma por no saver, y la hiso á su ruego su ynterprete con
Su Señoria de que doy fe.
Ygnacio Valdivieso (Rubrieadol. Jose Ceballos (Rubricado)
Ante mí: Nicolas de Berroa (Rubricado)
Escribano Público.
Tarma, y Abril 3 de 1812.
Resultando reo el yndio Gavino Mayta. Don Santos Velarde con la co-
micion, y aucilios necesarios por impedimento del Teniente Alguacil mayor,
proceda incontinenti á la aprehencion de su persona, y encontrada que sea
traigase a efecto de tomarle su declaracion instructiva.— Sirviendo este De-
creto de vastante mandamiento.
Valdivieso (Rubricado) Ante mí Nicolas de Berroa (Rubricado)
Escribano Público.
268