Page 533 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
Estos satisfacen un millón 235.781 pesos de los que rebajados por sí-
nodo de curas, 4 por % señalado de cobranza, asignación a hospital y escue-
las, encomiendas al Escorial, Convictorio de San Carlos y algunas familias
beneméritas, cuyas cargas componen la cantidad de 472.584 pesos, quedaba
líquido sobrante anual a la Real Hacienda 767.197 pesos partidas ambas de
consideración, y sin cuyo reemplazo, se desorganiza enteramente aquel Reino.
Para evitar pues este inconveniente y las resultas que pueden sobreve-
nir de un absoluto restablecimiento, parece conveniente que éste se haga con
la expresión de que continúe por ahora e ínterin que se proceda al Reparto de
Tierras entre los mismos indios sobre las que debe recargar la pensión que se
señalase, según la mayor o menor fertilidad de ellas, escasez o abundancia de
aguas y demás circunstancias que hacen a unas más apreciables que otras.
Esta sola cláusula añadiéndose que este repartimiento deberá hacer-
se con intervención de sus Caciques y principales y personas de su entera
confianza, haciéndose la recaudación y cobro para el entero en Reales Cajas
por sus Alcaldes y Mandones, destierra todo motivo de descontento, y entra
el indio con el mayor gusto y placer en esa medida: lo primero, porque se
convierte esa humillante voz de Tributo en una pensión real que no afecta a
la persona sino al fundo, y lo segundo porque el indio ve cumplido su más
ardiente deseo, y que prefiere a todos los demás, que es tener un pedazo de
tierra y llamarse propietario de ella.
Aumenta también el real erario en una progresión triplicada: ya he-
mos dicho, que las mujeres no pagan, ni los nobles, ni los empleados en cargos
de justicia, y servicio de la Iglesia, ni los menores de 18 años, ni los mayores
de 50, mas siendo la pensión sobre las tierras, no hay exceptuado alguno: mu-
jeres, niños, ancianos todos enteran, pues el privilegio es concedido al indivi-
duo, no a los bienes, o fundos de éste.
De contado ahorra la real hacienda anualmente 30.000 pesos a que se
calcula ascienden los gastos de Revista: cada cinco años deben matricularse
los indios tributarios para numerarse los que llaman entrantes, esto es que han
cumplido 18 años, y los salientes que han pasado de los 50: esta operación es
un semillero de fraudes, corrupción, y mala fe, pues o para aumentar el núme-
ro de contribuyentes o para disminuirle se alteran los años en ventaja de unos
y perjuicio de otros.
La asignación y mensura de tierras es laboriosa, exige mucho tiempo
y tino, debe irse practicando, no a un mismo tiempo, sino paulatinamente por
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