Page 211 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia
                    6°— Asegurará Usted á todos los dueños de las llamas que por este im-
            portante servicio que hacen, á mas de que inmediatamente que el Exercito lle-
            gue á Jauja regresaran con todas ellas, y el Estado les pagara las que hubiesen
            muerto en el servicio, se les dará un documento para que nadie los moleste, y
            para que en ningún tiempo los puedan destinar en ningún servicio militar ni
            en la clase de civicos.
                    (Al margen)
                    Fecha 6
                    A los Señores Coronel Don Mariano Fano, y Teniente Coronel Don
            Antonio Belasques de un mismo tenor.
                    El Señor General en Gefe me há prevenido ordene á Vuestra Señoría
            que del Reximiento de su mando se disponga 500 hombres, sin mesclar á los
            del Escuadron, para arrear y conducir las cargas y ganado del Exercito, en la
            forma siguiente: — 300 hombres del batallon de Chaupiguaranga del mando
            inmediato de Vuestra Señoría y 200 del de Don Antonio Belasquez á quien
            oficio sobre el particular; para que Vuestra Señoría los tenga prontos; hacien-
            do entender á todos ellos que luego que concluyan este servicio se les dara un
            documento de seguridad para que sen exeptuados de todo servicio militar.
                    Dios guarde.
                    (Al margen)
                    Julio 10 de 1824.
                    Al Sargento mayor Don Juan Ramon Nuñez.
                    Serciorado de los grandes deseos que le asisten de emplearse en qua-
            lesquiera cosa que se le considere util en la presente campaña, y teniendo en
            considerasion su actividad me he tomado la satisfacsion de poner á Usted la
            siguiente Instruccion.
                    (Al margen)
                    Artículo 1° Se hara cargo de entender en el apresto de viveres que se ha
            mandado hacer en las Doctrinas de Huariaca, Pallanchacra y pueblos de Caja-
            marquilla y la Quinua hallándose comisionado para esto en la de Pallanchacra
            Don Antonio Velasquez, en la de Huariaca Don Manuel Uribe, en los pue-
            blos de Cajamarquilla y la Quinua Don Joaquin Ortega, y Don Tomas Mungia
            quienes le presentaran las instrucciones y ordenes que tienen.
                    (Al margen)
                    2°— Por el estracto que se acompaña verá Usted lo que tienen apron-
            tado, y procurará se aumente particularmente el mais y sevada.



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