Page 164 - Guerrillas y Montoneras durante la Independencia 4
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Volumen 4
Documentos de 1823
Peruana sostenida por sus hermanas Colombia, Plata y Chile, triunfe de ese
pequeño resto de enemigos que se hallan hoy sin un buque en el mar, sin el
menor aucilio de España, ni esperanza de tenerlo? Bien sabeis, pues repetidas
veses se os há anunciado, que la Es[pa]ña se halla en el mas miserable estado,
incapaz de auciliar antes si nesecitando que la aucilien.
Para dar pues un dia de gloria al Perú, armemonos de la misma cons-
tancia que nuestros hermanos; seamos superiores á todos los contrastes, y aun
a la misma muerte por tal de conseguir nuestra livertad; y yo os aseguro que
marchando por las sendas, que nos han trazado, nos elevaremos algun dia al
mismo rango que ellos, y les acompañaremos tambien en el templo de la in-
mortalidad.
Y vosotros soldados Americanos que todavia marchais en las filas de
los tiranos, advertid que vuestros sacrificios nada valen para con los Espa-
ñoles. Hemos visto siempre que ellos pagan con la mas negra ingratitud los
mas grandes servicios del Americano. Ellos son vuestros enemigos, pues na-
turalmente y sin distincion odian a todos los que han nacido en estos paises.
Desamparad á vuestros enemigos, y volad á reuniros con vuestros hermanos.
Protesta recibiros con la dulsura que caractiriza a los Peruanos, y os asegura
protegeros del modo, y con cuanto esté á sus aIcanses. Pachacayo Marzo 13 de
1823. 4° de la Livertad y 2° de la Republica.
Rafael Gavino Vivas (Rubricado)
B.N.P. Mss. D. 12379.
1,544
Señor Don Francisco de Paula Otero.
Cerro Marzo 13 de 1823.
Mi estimado compadre: Acompaño a Usted las adjuntas cartas que me
han entregado para su remision por conducto de Usted.
He entregado á Sola dos mil pesos y prosediendo á darle un mil mas,
me salió que el dia Lunes sin falta se ba para la capital: con este motibo debe
Usted hacer que Sierra, o él que hade correr con el rescate venga inmediata-
mente con las instrucciones que Usted deberá darle: tengo cargado en cuenta
de Usted tres mil pesos a buena cuenta de su sueldo, sobre los quales deberá
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