Page 808 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
mandar se me de testimonio, en manera que haga fe, por cualquier Escribano
de la referida sentencia, para resguardo de mi justicia; por tanto.
A Vuestra Señoría pido y suplico asi lo provea y mande en justicia que
pido y para ello etc .
Vicente Castelo (rubricado)
[Se ordena entregarle el testimonio solicitado. Julio 18, 1781].
Cuzco y julio 18 de 1781.
Désele a esta parte el testimonio que pide con citación.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Diligencias finales de la causa].
Luego incontinenti hice la citación prevenida en el Decreto anteceden-
te al Solicitador Fiscal en los autos de la materia.
Espinavete (rubricado)
En dicho día se sacó el testimonio prevenido en el auto anterior.
Una rúbrica
Lima 27 de noviembre de 1781.
Sacándose testimonio íntegro de estos autos, que queda en esta Co-
misión de Visita, remítanse originales para los efectos que convengan y con el
correspondiente oficio al Excelentísimo Señor Virrey de este Reyno.
Areche (rubricado)
En 6 de diciembre de 1781, se sacó el testimonio que se previene en el
anterior Decreto, de que certifico.
Espina vete (rubricado)
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