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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
saber la anterior sentencia y su pronunciamiento a Francisco Tupa Amaro,
preso en este cuartel, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
Inmediatamente se hizo saber la sentencia y pronunciamiento prece-
dente al solicitador fiscal nombrado en esta causa y al defensor de Francisco
Tupa Amaro, a cada uno de por sí, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
[Mata Linares pide ampliación de la declaración de Francisco Túpac
Amaro. Mayo 17, 1781].
En la ciudad del Cuzco, a diez y siete de Mayo de mil setecientos
ochenta y uno, el señor don Benito de la Mata Linares, del consejo de Su Ma-
jestad, oidor de la real audiencia de Lima, habiendo entendido que Francisco
Tupa Amaro tiene que declarar algunas cosas, pasó inmediatamente al cala-
bozo donde se halla preso, y habiéndole recibido juramento por Dios Nuestro
Señor y una señal de cruz según derecho, le dijo expresase lo que tenía que
declarar, y dicho Francisco dijo que Antonia Tupa Amaro, viuda, vecina del
pueblo de Surimana, tía carnal del rebelde José Gabriel y albacea de Catalina
Quispiciza, madre del que declara, tiene una casa que le pertenece con diez y
siete lienzos, un pabellón, una cuja, once vacas, unos escritorios, dos petacas
y otros trastos. Que es lo que tiene que decir y la verdad bajo del juramento
hecho, en que se afirmó. Dijo ser de edad de más de sesenta años. Firmolo con
su señoría, de que certifico.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Francisco Tupa Amaro
(firmado)
Manuel Espinavete López
(firmado)
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