Page 521 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            señoría se sirva absolverlo del delito que se le imputa, y lo mismo implora su
            defensor. Por tanto:
                    A vuestra señoría pide y suplica así la provea y mande en justicia y
            merced, y para ello, etc.


                    Doctor Isunza
            (media firma y rubrica)

                    Cuzco y Junio 25 de 1781.
                    Recíbese esta causa a prueba con el término de seis días comunes a
            ambas partes, de conclusión y citación para oir sentencia.


            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)

                    En el propio día venticinco de Junio, leí e hice saber el contexto del
            decreto de suyo al doctor don Antonio Felipe de Tapia en su persona, estando
            en su /.866 oficio, de que doy fe.


                                        Tomás de Gamarra
                                            (firmado)
                                         Escribano Púllico
                    En el mismo día hice saber el contexto del decreto de enfrente al doc-
            tor don Matías de Isunza, y de ello doy fe.


                                                               Tomás de Gamarra
                                                                 (firmado)
                                                               Escribano Público


            [El Fiscal reafirma su dictamen respecto a Payva].

                    El abogado que hace de solicitador fiscal en estos autos, reproduce lo
            que tiene expuesto y pide se ratifiquen los testigos de la sumaria dentro del
            tiempo de prueba o lo que fuere del arbitrio de vuestra señoría, en justicia que
            solicita, etc.



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