Page 523 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Fallo atento a su mérito y a lo que de ella resulta que le debo de absol-
ver y absuelvo a Bernardo Payva de la instancia, en cuya consecuencia será
inmediatamente puesto en libertad, restituyéndose a su pueblo de San Pedro
de Caccba a vivir en quietud y sosiego, y persistiendo en el amor y fidelidad a
nuestro benigno monarca, esforzándose a que todos los de su pueblo vivan en
éstas máximas, acreditándolo en cuanto se ofreciere. Así lo proveo y mando
por esta mi sentencia, definitivamente juzgando.
José Antonio de Areche
(firmado)
[Certificación de haber sido pronunciada la sentencia. Julio 14, 1781].
Dio y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José
Antonio de Areche, caballero de la real distinguida orden española de Carlos
tercero, del consejo de Su Majestad en el real y supremo de Indias, visitador
general de los tribunales de justicia y real hacienda de este reino, el de Chile
y provincias del Río de la Plata, superintendente de ella, intendente de ejér-
cito, subdelegado de la real renta /.687v de tabaco, y comisionado coa todas
las facultades del excelentísimo señor virrey de este reino para entender en
los asuntos de la rebelión intentada y ejecutada por el vil traidor José Gabriel
Túpac Amaro. En la ciudad del Cuzco, a catorce de Julio de mil setecientos
ochenta y uno, siendo testigos don Fernando Saavedra, contador de visita,
don Juan de Oyarzábal y don José Sáenz, de que certifico.
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Diligencias finales de la causa].
En diez y seis días del propio mes y año, leí e hice saber la sentencia de
la vuelta y su pronunciamiento que antecede al solicitador fiscal, a Bernardo
Payva y a su defensor, a cada uno de por sí, en sus personas, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)