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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
[Antonio Felipe de Tapia es nombrado Defensor de Yepes. Junio 26, 1781].
Cuzco y Junio 26 de 1781.
Al doctor don Antonio Felipe Tapia a quien se nombra por defensor
de José Manuel Yépes, quien aceptará y jurará.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
(Al margen: Aceptó y juró, proceder fiel y legalmente. Estudio y Junio 27, de
1781].
Tapia
(media firma y rúbrica)
[El Defensor solicita la absolución y libertad del encausado].
El abogado defensor nombrado de José Manuel Yépes en los autos ful-
minados contra él por suponérsele cómplice de José Gabriel Tupa Amaro, y lo
demás deducido, dice: que dicho José Manuel Yépes es negro esclavo de don
Vicente Yépes, en cuya compañía estuvo hasta que éste maravillosamente es-
capó de la muerte en Pomacanche y se vino a la ciudad; y al esclavo lo llevaron
preso los indios al traidor Tupa Amaro, poco tiempo antes de la prisión de
éste; y que lo más de este espacio intermedio estuvo enfermo, y algunos días
de su sanidad sirviendo a dicho traidor como criado, sin que sus oficios fue-
sen conducentes en manera alguna a la rebelión. En este supuesto los testigos
de la sumaria /.854V solo dicen que pocos días antes de la prisión de Tupa
Amaro se lo llevaron y lo vieron servir en su casa. Así, no hay delito alguno en
este miserable esclavo, que sólo por su infelicidad está preso como lo confiesa
también el abogado que hace de solicitador fiscal. Por tanto: A vuestra señoría
pide y suplica se sirva mande que incontinenti y sin más figura de juicio se
ponga en libertad a José Manuel Yépes de la prisión que padece y se le entre-
gue a don Vicente Yépes, a su propio señor, por ser así de justicia que pide, etc.
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