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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
[Defensa que hacee Munive de su patrocinado].
El abogado defensor de Melchor Arteaga nombrado en los autos cri-
minales que de oficio se siguen contra éste por complicidad en la rebelión sus-
citada por José Gabriel Tupa Amaro, respondiendo al traslado de la acusación
fiscal de fojas 5 en que se pide sea condenado a muerte, y lo demás deducido,
dice: que siendo conforme al espíritu de las leyes el que en semejantes sedi-
ciones sean castigados con pena ordinaria los autores y principales cabezas, y
los demás con arbitrarias y menos rigurosas, como se colige de la ley 26 título
5 libro 7 de las recopiladas para estos dominios, y en el supuesto de que como
consta de la sumaria, Melchor Arteaga no ha sido capitán o caudillo de las
inquietudes experimentadas, parece correspondiente a equidad que en caso
negado de que voluntariamente y no por fuerza hubiese servido de cuidador
y conductor del ganado del rebelde, debe ser absuelto de la pena ordinaria de
último suplicio, y cuando más deberá ser corregido en los términos más be-
nignos, sin la efusión de sangre que solicita el abogado fiscal. A cuyo fin.
A vuestra señoría pide y suplica el defensor se sirva proveer como lle-
va expuesto, por ser de justicia, etc.
Doctor Juan Munive y Mozo
(firmado)
Cuzco, 23 de Junio de 1781.
Recíbese esta causa a prueba con término de seis días comunes a las
partes y todos cargos de conclusión y citación.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Inmediatamente se hizo saber el anterior auto al solicitador fiscal y
defensor de Melchor Arteaga, a cada uno de por sí, de que certifico.
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