Page 426 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            que fuese a lo de Tupamaro no se vino entonces a esta ciudad, sino que se fue
            a meter al peligro. Dice que no se le ofreció, y responde.
                    Preguntósele por qué cuando vino a Piccho con el ganado no se vino a
            esta ciudad. Dice no pudo, y responde.
                    Preguntósele si sabe quienes le auxiliaban al rebelde con armas, víve-
            res, municiones, ganado u otras cosas. Dice no sabe, y responde.
                    Hiciéronsele otras preguntas y repreguntas. Dijo no saber otra cosa;
            que esta es la verdad so cargo del juramento, en que se afirmó y ratifico, y la
            firmó con su señoría, de que doy fé.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)
            Melchor Arteaga
                 (firmado)

            [Rudecindo Tomás de Vera es nombrado Fiscal. Junio 15, 1781].


                    Cuzco, 15 de junio de 1781.


                    Al doctor don Rudecindo Tomás de Vera, a quien se nombra por soli-
            citador fiscal en esta causa para que, aceptando y jurando, pida en vista de ella
            lo que a la vindicta pública convenga.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)


                    En la ciudad del Cuzco en quince de Junio de mil setecientos ochenta
            y un años, yo el escribano leí e hice saber el contexto del decreto antecedente
            al doctor don Rudecindo Tomás de Vera, abogado de las reales audiencias de
            Lima y Charcas, en su persona, estando en su casa, e impuesto en él dijo que
            acepta el cargo y jura a Dios y a una señal de cruz de usar fielmente, y si así lo
            hiciere El le ayude, y al contrario, le demande, y dijo: sí juro y amén, y la firmó
            de que doy fé.




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