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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            (Al margen: 6? testigo. Manuel Galleguillos).


                    En dicho día, mes y año, en prosecusión de esta información le recibí
            juramento a Manuel Galleguillos, preso en este Cuartel General, que lo hizo
            por Dios Nuestro Señor y a una señal de cruz, según derecho y so cargo pro-
            metió decir verdad en todo lo que supiere y fuere preguntado, y siéndolo al
            tenor del interrogatorio de fojas, declaró en la forma siguiente.
                    A la primera pregunta, dijo, que comunmente oyó decir que Mariano
            Banda había sido apremiado por Diego Tupa Amaro, en consorcio de Don
            Francisco Cisneros, en los altos del Pueblo de Yanaoca y conducido al de Tun-
            gasuca, donde fue puesto en un calabozo y responde.
                    A la segunda, dijo, que oyó decir que el haber escapado la vida
            Mariano Banda motivaron los ruegos suyos y los del Doctor Don Ildefonso
            Bejarano, la mujer e hijo del rebelde, y responde.
                    A la tercera, dijo, que le consta al declarante, que el rebelde José Tupa
            Amaro compelía con pena de muerte a todos aquellos de quienes pretendía
            servirse para sus infames designios y responde.
                    A la cuarta pregunta, dijo que igualmente le consta, que cuando Ma-
            riano Banda se desapareció en el cerro de Piccho, inmediatamente con su no-
            ticia el rebelde solicitó por él, por medio de los indios, éstos le llevaron la falsa
            noticia de que en esta ciudad lo habían ahorcado, lo que celebró mucho con la
            expresión de bien hecho, pues por su gusto ha querido perderse y responde.
                    A la quinta, dijo, que ignora en todo el contenido de esta pregunta. En
            este estado se le fue leyendo las demás preguntas del interrogatorio e impuesto
            en el contenido de todas ellas, dijo que igualmente las ignora, porque el decla-
            rante estuvo siempre prisionero en poder del rebelde y que esta es la verdad so
            cargo del juramento que tiene fecho en que se afirmó y ratificó, siéndole leida
            esta su declaración. Dijo ser de edad de treinta y dos años y que no le tocan las
            generales de la Ley y lo firmó de que doy fé.


            Manuel Galleguillos  (rubricado)

                                                Ante mí
                                                José Agustín Chacón y Becerra
                                                        (rubricado)
                                         Escribano Notario Público de Su Majestad



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