Page 891 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Antonio de Areche, caballero de la real distinguida orden española de Carlos
            tercero del Consejo de su Majestad, en el Real y Supremo de Indias, Visita-
            dor General de los tribunales de justicia y Real Hacienda de este reino, el de
            Chile y provincias del Río de la Plata, Superintendente de ella, intendente de
            Ejército, Subdelegado / . 12 de la Real Renta de Tabacos y Comisionado con
            todas las facultades del excelentísimo señor Virrey de este reino para entender
            en los asuntos de la rebelión intentada y ejecutada por el vil traidor José Ga-
            briel Tupa Amaro en la ciudad del Cuzco a catorce de julio de mil setecientos
            ochentiuno, siendo testigos don Fernando Saavedra, contador de Visita, don
            Juan de Oyarsábal y don José Sanz, de que certifico.


            Manuel Espinavete López
            (rubricado)


            [Diligencias finales del proceso contra Rafael Guerra].

                    En dicho día, mes y año yo el escribano hice saber la anterior sentencia
            y su pronunciamiento al doctor don Pablo Figueroa, abogado de la Real Au-
            diencia de Lima, Solicitador Fiscal de Rafael Guerra en su persona de que doy
            fe.


            José Agustín Chacón y Becerra
            Escribano Notario Público de su Majestad
            (rubricado)


                    En la ciudad del Cuzco en dicho día dieciseis de julio de setecientos
            ochentiun años, yo el escribano hice saber la sentencia pronunciada en esta
            causa al abogado defensor del reo Rafael Guerra en su persona y de ello doy fe.


            José Agustín Chacón y Becerra
            Escribano Notario Público de su Majestad
            (rubricado)

                    En el Cuzco a dieciseis de dicho mes y año yo el escribano / . 12v hice
            saber la anterior sentencia y su pronunciamiento por medio de intérprete a
            Rafael Guerra en su persona de que certifico.



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