Page 890 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 890
Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
lo que tuviere por conveniente. Cuzco y junio 30 de 1781.
Núñez (rubricado)
Cuzco, 1 de julio de 1781.
Autos y para su determinación pásense al muy ilustre señor Visitador
General.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Guerra es condenado a dos años de destierro en el Callao. Julio 14,
1781].
En la causa criminal que se ha seguido de oficio de la real justicia con-
tra Rafael Guerra, por complicidad en la rebelión premeditada y ejecutada
por el vil traidor cacique en la provincia de Tinta José Gabriel Túpac Amaro,
sirviéndole en sus tropas. Observados los términos / . 11v del derecho en que
ha hecho de acusador el licenciado don Pablo Figueroa, abogado de la Real
Audiencia de Lima y de defensor el licenciado don Pedro Núñez.
Fallo atento a los autos y lo que de ellos resulta que debo de condenar
y condeno a Rafael Guerra en dos años de destierro al presidio y puerto del
Callao a servir a ración y sin sueldo remitiéndose testimonio de esta sentencia
al señor Gobernador de dicho puerto, para que avise su recibo y cumplimien-
to al Superior Gobierno de estos reinos. Asi lo proveo y mando por esta mi
sentencia definitivamente juzgando.
José Antonio de Areche
(rubricado)
[Certificación de la sentencia expedida contra Guerra. Julio 14, 1781].
Dio y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José
889