Page 890 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
            lo que tuviere por conveniente. Cuzco y junio 30 de 1781.


            Núñez (rubricado)


                    Cuzco, 1 de julio de 1781.


                    Autos y para su determinación pásense al muy ilustre señor Visitador
            General.


            Una rúbrica


            Manuel Espinavete López
            (rubricado)


            [Guerra es condenado a dos años de destierro en el Callao. Julio 14,
            1781].

                    En la causa criminal que se ha seguido de oficio de la real justicia con-
            tra Rafael Guerra, por complicidad en la rebelión premeditada y ejecutada
            por el vil traidor cacique en la provincia de Tinta José Gabriel Túpac Amaro,
            sirviéndole en sus tropas. Observados los términos / . 11v del derecho en que
            ha hecho de acusador el licenciado don Pablo Figueroa, abogado de la Real
            Audiencia de Lima y de defensor el licenciado don Pedro Núñez.
                    Fallo atento a los autos y lo que de ellos resulta que debo de condenar
            y condeno a Rafael Guerra en dos años de destierro al presidio y puerto del
            Callao a servir a ración y sin sueldo remitiéndose testimonio de esta sentencia
            al señor Gobernador de dicho puerto, para que avise su recibo y cumplimien-
            to al Superior Gobierno de estos reinos. Asi lo proveo y mando por esta mi
            sentencia definitivamente juzgando.


            José Antonio de Areche
            (rubricado)

            [Certificación de la sentencia expedida contra Guerra. Julio 14, 1781].


                    Dio y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José



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