Page 270 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 11º
Concuerda este traslado con las tres esquelas originales que en él se
refieren, que estan y quedan en los autos criminales que se estan siguiendo
contra Francisco Castellanos ante los señores alcaldes de segundo voto y au-
ditor de guerra que corren dichas esquelas originales con sus sobre-escritos
desde fojas quatro hasta foxas nueve a que en lo necesario me remito y para
que de ello conste doy el presente de mandato verbal del señor Corregidor y
Justicia Mayor de esta ciudad del Cuzco en quatro dias del mes de enero de mil
setecientos ochenta y un años, siento testigos don Casimiro de Vera, don Tori-
vio Tamboguacso y don Josef Castilla Moreno presentes.— En testimonio de
verdad.— Tomas de Villavicencio Escribano de su Magestad y Publico.— De
oficio.—
Concuerda esta copia con el testimonio que se remitio por los señores
de la Real Junta de Guerra de donde se sacó en el dia de su fecha y para que
conste dí la presente de mandato de su señoria ylustrisima de que doy fe.—
Josef Domingo de Frias Secretario. Enmendado: fanatico—comunicación—
por—. Entre renglones: por que no se: Vale. Testado: de No vale.—
Es confirme a los documentos de su contexto.—
Juan Manuel Obispo de Cusco (Rubricado).
DOCUMENTO 45
(Al margen: Carta de Tupa Amaro remitida a la Junta por el Obispo y
la respuesta de ella; de José Gabriel es la primera. Se repite esta carta de Tupa
Amaro por la respuesta que dio la Junta al Obispo que esta al pie de ella).
Ylustrisimo señor doctor don Juan Manuel Moscoso y Peralta.— Sien-
do mi primer cuidado la salud de vuesa señoria, ylustrisima pongo por pri-
mera diligencia de esta, la solicitud de ella, deceandola muy cumplida y ofre-
ciendo a su dispocicion la actual que disfruto para emplearla en el exercicio
de sus ordenes.— El anhelo grande que me acompaña en servicio de Dios y
bien publico, me precisa encargar a vuesa señoría ylustrisima reponga en toda
su diocesi los curas proprios de sus doctrinas, para el mejor cumplimiento del
ministerio que deven exerser y para lo que estan y estuvieron destinados. Los
incombenientes que persuaden a la estavilidad de dichos curas en sus doctrinas
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