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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Para el coronel dn. Gabriel Ugarte, y Gallegos, igual grado de Briga-
dier: con titulos de Castilla, denominado Conde de Vera Cruz, libre de Lan-
zas, y media anata, para si, y sus desendientes; y el Avito de Alcantara.
Doña Juana de Ugarte, y Gallegos, mi hermana, (sin perjuicio de los
servicios de su Marido el Coronel dn. Juan Manuel Campero, y de los de su
hijo el Theniente Coronel dn. Mariano Campero y Ugarte) está comprehendi-
da en el agravio hecho á su Casa, con la persecusion de sus hermanos; y tiene
igualmente á su favor, el merito de haver concurrido con su caudal, a la pasifi-
casion de las turbaciones que hubo en la America; por cuios motivos, se hace
acrehedar, á que la piedad de S. M. la distinga con el titulo de Condesa de Sn.
José, para si, su dicho Marido, hijos, y desendientes; libre de Lanzas, y media
anata.
Para mi hermano Fray Vizente Fransisco de Ugarte, Religioso de Nues-
tro Padre Sn. Fransisco, y actual Lector de Prima de Theologia en el Colegio
de Sn. Buena Ventura del Cuzco; un Real Despacho de Predicador de S. M.; y
nombramiento de Calificador de la Suprema, y general Ynquisicion.
Para dn. Mariano de Ugarte, y Concha, Primogénito del citado Coronel
dn. Gabriel de Ugarte; grado de Capitan de Exercito; y la Cruz de Calatraba.
Si V. E. gusta hacerme el onór de acordarse tambien de mi, suplico
rendidamente, sea con igual grado de Brigadier que á mis hermanos: acom-
pañado del Titulo de Conde del Carmen, en la misma conformidad que los
antecedentes; y el Avito de Santiago.
No carecen Señor de exemplares en los presentes tiempos, las referidas
promociones, y distintivos. Son estos, de corta entidad, respecto de la podero-
sa mano del REY; pero darán un testimonio publico de su Real Venebolencia,
que es lo que unicamente apetece la fidelidad, y amor de los Ugartes; quienes
esperan retirarse gustosos con dicha decorasion, á vivir con sosiego, y asegu-
rar su precisa subsistencia, reparando en lo posible, y á esfuerzos de su trabajo,
la ruina de sus Casas, y Haziendas; cuia actual destruccion, me conpele aora
á exponer á la superior consideracion de V. E. que los Avitos arriva mencio-
nados, no podrian tener su devido efecto, si para eximir á los agraciados de
los gastos de prueba, que no pueden soportar, no se toma una de las muchas
determinaciones reservadas al poder del Monarca, para los casos extraordina-
rios, como el presente: en inteligencia, en que tengo entre mis Papeles, todos
los documentos calificativos de la idoneidad prescripta para los que han de ser
admitidos en qualquiera de dichas Ordenes.
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