Page 660 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 4
P. 660
Volumen 4
Conclusión de la rebelión
tengan con él por consanguinidad y afinidad, he puesto las respectivas órdenes
a los corregidores de las provincias de Quispicanchi y Tinta de donde se han
remitido todos, para que formen las correspondientes sumarias a cada uno de
los que hayan enviado, siendo más natural y más fácil practicar estas diligencias
en los parajes donde havían residido y cometido sus excesos, como que allí mu-
chos podrán deponer de vista y ciencia, sin causar a los testigos el perjuicio de
haver de bajar a esta Ciudad, con dispendio de sus cortos vienes y pérdida de sus
chacras, siendo ahora el tiempo de las cosechas, según reconocerá Vuestra Exce-
lencia de la copia N° 3; pero yo que conosco cómo se procede por estos países en
asuntos de esta naturaleza, y que todos los más que han preso, fuera de aquellos
que se dicen ser de la familia de los Túpamaro, los han remitido sin más que una
voz vaga o porque en la Rebelión (anterior) se distinguieron, sin que se sepa ha-
yan dado posteriormente causa nueva; comprendo que los corregidores no han
de poder formar las prevenidas sumarias, excepto uno u otro, y así el corregidor
de Quispicanchi dice no aver remitido otros que a los Cóndori, de quienes hay
en los autos la correspondiente justificación, sin que se le pueda reconvenir, si
ha enviado más como verá Vuestra Excelencia en la copia No. 4; y el de Tinta,
no obstante de estar bien claro el oficio mío, me contesta el que va con el No.
5, y he vuelto a escribir el No. 6. Bien creo que en este caso proceden de buena
fe, porque llevados de celo y de precaver qualquiera accidente, remitan a aquel
que se les informaba, podía ser perjudicial, temerosos de quedar expuestos a las
resultas, y los demás cuidados que tendrían en sus provincias, les impedirían el
formarles o encargar formar la necesaria justificación, y ya aun el corto tiempo
que ha pasado había oscurecido los hechos, o faltaran quienes depongan por la
confusión que ofrecen estas circunstancias, y esto me tiene con las manos liga-
das para obrar, pues aún en la formación de la causa principal de Diego y demás
de su familia no puedo fijar pie en cosa sustancial, particularmente en causa de
nueva sublevación, pues como en los testigos de sumaria no se puede reconocer,
sino poner lo que dicen, sin poderles seguir al mismo tiempo con separación su
respectiva causa que hera el único modo de adelantar algo a causa de que con-
vencidos por los testigos podrían declarar en la confesión algunos puntos que
sirviesen de comprobante a los delitos de Diego, ni puedo hacer esto, porque
aquí es imposible formarles causas interin no vengan las sumarias, ni puedo
sacar de los testigos cosa de entidad porque todos niegan, y solo uno o otro dice
algo en punto a ocultación de caudales, que es vien notorio, y sólo me habré
de gobernar por algún otro indicio; la causa de los Cóndori y una información
659