Page 808 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen  3
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            su asistencia se practiquen las diligencias que se tengan por oportunas, para que
            no se difiera la egecucion de dicho reo.

                    Nuestro Señor guarde á Vuestra Señoría muchos años.- Plata y Abril 7 de
            1781.- Besa la mano de Vuestra Señoría su atento servidor.

                    IGNACIO FLORES.

                    Señor Presidente Regente D. Gerónimo Manuel de Ruedas.




                    Decreto.
                    Plata, y Abril 7 de 1781.

                    Vista la antecedente representacion, nómbrase al Señor Fiscal de esta Real
            Audiencia para los efectos que en ella se expresan.- Una rúbrica del Señor Regen-
            te.

                    En cumplimiento del decreto antecedente, el Señor D. Ignacio Flores con
            su Asesor, y asistencia del Señor Fiscal, se pasó á adelantar la confesion hecha
            de Damaso Catari, con asistencia de los intérpretes nombrados para el efecto, D.
            Pedro Tofiño y Pedro Antonio de Vargas, los mismos que concurrrieron á la con-
            fesion que corre en estos autos, y bajo de juramento que unos y otros hicieron,
            conforme á derecho.

                    En su conformidad se le preguntó si sabe á influjo de que persona fué su
            hermano Tomas Catari á Buenos Aires, para el recurso que hizo en aquella capital
            ante el Exmo. Señor Virey. Que persona ó personas le habilitaron con plata, cartas
            ó instrucciones, y si sabe que el dicho recurso fué puramente para solicitar el favor
            de los naturales en la providencia que consiguió, ó con el fin de perjudicar alguna
            otra persona.- Dijo: que no sabe que á su hermano le hubiese influido nadie, ni
            secular ni eclesiástico, para hacer el viage á Buenos Aires; que los mismos indios le
            habilitaron con plata, y entre ellos una tia suya con 30 pesos. Que presume que en
            Potosi le hubiesen dado alguna carta de recomendacion, tal vez por instancia de
            un Fulano Gomez, vecino del Ingenio de Ayoma, para alguno de Potosi, bien que
            no lo sabe de cierto. Y que el recurso hecho al Señor Virey fué solo hecho en favor
            de los indios, sin que hubiese mezclado fin particular de perjudicar al corregidor,
            ni á otra presona secular ni eclesiástica.



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