Page 412 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen  3
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            los curas de Sicuani y Sandia, que van insertas para que por vuesas mercedes
            se exhiba como cedidas a favor del Rey; y tres mil doscientos treinta y seis
            pesos siete reales en libranzas que han dado los curas en sus sínodos deven-
            gados del tercio de San Juan, que debían vuesas mercedes satisfacerles, cuyos
            documentos se acompañan. Sirviéndose Vuesas Mercedes de pasarme en los
            mismos términos y con la debida especificación los correspondientes recibos.
            Esto es por cada uno de los estados. Nuestro Señor guarde a Vuesas Merce-
            des muchos años. Cuzco y diciembre tres de setecientos ochenta años.— Juan
            Manuel Obispo del Cuzco.— Señores Oficiales Reales de las Reales Cajas del
            Cuzco.—
                    (Al margen: Subscripción)
                    Es copia de su original de donde se sacó. Cuzco y diciembre tres de
            mil setecientos ochenta años, doy fe.— Doctor José Domingo de Frias, Secre-
            tario.—


                    (Al margen: Oficio a la Junta)
                    Por la razón que con esta fecha remito a los oficiales reales de las cajas
            de esta ciudad, se instruirá  Usía del subsidio con que se ha contrihuído por
            el estado eclesiástico a mi solicitud, para las presentes urgencias, en defensa
            de los dominios de Su Majestad, que pretende usurpar el rebelde Cacique de
            Tungasuca, José Tupa Amaro. A saber, veinte y dos mil ciento treinta y ocho
            pesos cinco reales, que se tienen entregados hasta esta fecha en la dicha caja;
            dos mil ochocientos setenta y cuatro pesos, que se deben y no se han recogido,
            y queda a mi cuidado su cobro, para mandarlo entregar conforme se vaya ve-
            rificando; y tres mil doscientos treinta y seis pesos siete reales en libranzas de
            los curas residentes en esta capital, a sus sínodos devengados del tercio de San
            Juan y debidos satisfacer. Las cuales partidas ascienden a la cantidad de veinte
            y ocho mil doscientos cuarenta y nueve pesos siete reales, lo que participo a
            Usía para su inteligencia. Nuestro Señor guarde a Usía muchos años. Cuzco
            y diciembre tres de setecientos ochenta.— Juan Manuel Obispo del Cuzco.—
            Señores de la Real Junta de Guerra.—
                    (Al margen: Subscripción)
                    Es copia de su original de donde se sacó. Cuzco y diciembre tres de
            mil setecientos ochenta años, doy fe.— Doctor José Domingo de Frias, Secre-
            tario.—





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